"Guiado por el propósito de beneficiar al Sr. Bornia Bordón, el Sr. Martín llega a protagonizar actuaciones ciertamente irregulares e impropias del presidente de un Tribunal de Justicia". La Sala de lo Civil y Penal del TSJC hizo pública ayer la sentencia que condena al ex presidente de la Audiencia Provincial de Las Palmas, José Antonio Martín Martín, a un año y medio de suspensión y a una multa de ocho meses con una cuota diaria de 30 euros por un delito de negociaciones prohibidas a funcionario público. De igual forma, la Sala impone ocho meses de suspensión para empleo público y una multa de cinco meses con cuota diaria de 30 euros al segundo de los imputados en la causa, Wilebaldo Luis Yanes, al que se le implica en la figura de cooperador necesario.

La sentencia contó con un voto particular del magistrado Javier Varona, que entiende que el magistrado debió ser absuelto. Sin embargo, tanto el ponente de la sentencia como el presidente del tribunal, Eduardo Ramos e Ignacio Duce respectivamente, consideran acreditado que José Antonio Martín, en le época en la que era presidente de la Audiencia Provincial de Las Palmas, realizó labores de asesoramiento para el hermano de un narcotraficante cuya puesta en libertad dependía, en parte, del propio magistrado palmero.

Según recoge la sentencia, la Sala considera probado que Martín llevó a cabo todo tipo de maniobras para conseguir que el narcotraficante Rafael Bornia Bordón fuera puesto en libertad. Primero, "en los momentos inmediatamente anteriores a la celebración de la vista, contactó en estrados con el fiscal encargado de acudir a la vista, el Sr. García Cabañas, y en su condición de presidente de la Sección le propuso la posibilidad de que la Fiscalía, modificando su criterio anterior, pidiese la libertad de Rafael Bornia".

Posteriormente, "en el momento de llevarse a cabo la deliberación entre los magistrados que componían la Sala, José Antonio Martín interesó, insistentemente y con todo tipo de argumentos, que sus compañeros cambiaran el sentido contrario de su voto y se acordara la libertad provisional de D. Rafael Bornia, mediante la imposición de una alta fianza; criterio que no fue aceptado por los otros dos componentes de la Sala".

De esta actuación, la sentencia entiende que "el asesoramiento o consejo emanado del acusado Sr. Martín Martín comprometió efectivamente la imparcialidad del presidente de la Audiencia Provincial de Las Palmas, menoscabó su deber de exclusividad y provocó una interferencia entre los intereses privados y los de naturaleza pública y, por ello, entendemos que ha de ser objeto de persecución penal". La sentencia es recurrible ante el Tribunal Supremo.