Un juez ha absuelto a los periodistas Carlos Sosa y Francisco Javier Chavanel de los delitos de injurias y calumnias por los que habían sido denunciados, en el marco del llamado Caso Chalé, por el presidente del PP en Canarias, José Manuel Soria, quien pedía dos años y un año de cárcel para ellos y a quien condenan ahora en costas.

Así lo ha fallado en una sentencia el magistrado-juez titular del Juzgado de lo Penal Número Cuatro de Las Palmas, Francisco Javier García García-Sotoca, que también ha desestimado la responsabilidad civil subsidiaria de las empresas Virtual Press S.L. y Canarias Ahora Radio S.L., por la que la acusación solicitaba que abonaran 500.000 euros, la misma cuantía que pedía, por daños morales, a Sosa y que rebajaba a 250.000 euros a Chavanel.

El Ministerio Fiscal, por su parte, solicitaba la libre absolución de los acusados, al considerar que los hechos no son constitutivos de delito.

El ahora vicepresidente del Gobierno canario, José Manuel Soria interpuso esta querella contra los dos periodistas después de que Sosa denunciara en el diario digital "CanariasAhora.com", propiedad de Virtual Press S.L., y en la emisora "Canarias Ahora Radio S.L.", que por entonces dirigía Chavanel, que el político, cuando presidía el Cabildo de Gran Canaria, residió gratuitamente, entre junio de 2004 y abril de 2006, en un chalet propiedad del empresario y amigo Javier Esquível.

Sosa afirmó que, a cambio de eso, el empresario recibió un trato de favor en el concurso para la asignación de parques eólicos convocado por el Ejecutivo regional en octubre de 2004, cuando el hermano de José Manuel Soria, Luis Soria, era el consejero de Industria del Gobierno canario.

La prebenda que, según Carlos Sosa, benefició a las empresas de Javier Esquivel consistió en que se apartara de dicho concurso a la empresa mercantil Megaturbinas de Arinaga, de la que participaban el Cabildo de Gran Canaria, la Autoridad Portuaria de Las Palmas y el propio Gobierno canario.

En sus fundamentos de derecho, el juez alude a los reiterados pronunciamientos del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre la importancia de la libertad de expresión e información en una sociedad democrática, por tanto, la libre discusión de los problemas de interés público.

Así, la sentencia recuerda que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos "llama la atención sobre la necesidad de evitar que los ciudadanos se desanimen por el temor a sanciones penales o de otra naturaleza y desistan de opinar sobre dichos problemas de interés público".

El magistrado considera igualmente que "en el ánimo de los periodistas, quienes en la Sala, durante el juicio oral, celebrado el 30 de junio de 2009, "se han reiterado con convicción en lo publicado, no se atisba elemento alguno que haga suponer que la finalidad de su información sea vilipendiar o menospreciar a José Manuel Soria".

Frente a ello, afirma que "con toda claridad colocan como elemento central la denuncia, desde ese deber de alerta que les confiere la jurisprudencia del Tribunal Europeo, sobre unos hechos que apuntan directamente a presuntas conductas realizadas por un cargo público y se enmarcan en lo que se conoce como casos de corrupción".

García García-Sotoca agrega que "lo que se ha acreditado, y no otra cosa, que anima a los acusados" es un intento de "poner en evidencia una tupida maraña de intereses y complicidades que sustentan toda una estructura de poder".

Contra esta sentencia, notificada hoy a las partes, cabe interponer recurso en un plazo de diez días.