A. ZABALETA
- ¿Qué viabilidad ve a estas reclamaciones de los empresarios canarios, amparados en el artículo 17 de la Ley de Medidas Urgentes?
- ¿Las altas cantidades reclamadas son efectivamente exigibles?
- ¿Y si los terrenos están urbanizados?
- ¿Y en caso de que se optara por la expropiación de esos terrenos?
- En todo caso, parece que se abre un nuevo frente complicado para el Gobierno de Canarias, a sumar a otras cuestiones como Tebeto o Montaña Rayada.
- El Gobierno vendió la Ley de Medidas Urgentes como la solución a la situación creada por la primera moratoria, que se saldó con importantes indemnizaciones. Ahora nos encontramos con esto. ¿Comienza a fallar la nueva normativa?
- Todo parece estar centrado, en todo caso, en este artículo 17, tan polémico. Alguien debió prever que esto podría ocurrir, porque al final nos encontramos de nuevo con el mismo problema de las posibles indemnizaciones millonarias a empresarios con derechos consolidados.
Si el artículo 17 de la Ley de Medidas Urgentes no funciona, hay que dar por acabada la moratoria