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El gran lío del gobierno

El saco sin fondo de la moratoria

La mayoría de las reclamaciones a la nueva ley son parcelas por las que el TSJC ya ha condenado

 
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Imagen aérea del municipio turístico de San Bartolomé de Tirajana, en el sur de Gran Canaria.
Imagen aérea del municipio turístico de San Bartolomé de Tirajana, en el sur de Gran Canaria. LA PROVINCIA / DLP
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PEDRO GUERRA / LAS PALMAS DE GRAN CANARIA ¿Es posible que el propietario de un terreno pueda cobrar por dos conceptos diferentes por no permitírsele construir un proyecto urbanístico? Con la moratoria turística en la mano, se puede.

Buena parte de las reclamaciones efectuadas al Gobierno de Canarias la pasada semana, con motivo del cumplimiento del plazo de seis meses que establece la nueva Ley de Medidas Urgentes (moratoria 2) para reclamar compensaciones por la paralización de los proyectos, se corresponden con parcelas de suelo a las que ya se les ha reconocido el derecho a una compensación económica por el TSJC, debido a la Ley de Directrices de Ordenación del Turismo y del Territorio de Canarias (moratoria 1).

La situación es tan caótica para el Ejecutivo regional que a lo largo de la presente semana el presidente Rivero ha dejado caer que la mejor solución sería negociar con los propietarios.

Con la primera Ley en la mano, muchos empresarios acudieron al TSJC para pedir indemnizaciones por la paralización de los proyectos. En al menos media docena de sentencias la Sala ha reconocido el derecho de los propietarios a recibir una compensación económica por el interés legal del valor de los aprovechamientos urbanísticos que la ley paraliza.

En una primera sentencia se tomó como referencia el valor del Euribor, pero posteriormente la doctrina fue modificada y se utilizó el interés legal del dinero. Esas sentencias suman indemnizaciones por valor de cerca de 200 millones de euros.

Ahora, a los seis meses de entrada en vigor de la Ley de Medidas Urgentes, que en teoría se creó para corregir el defecto de las indemnizaciones, los propietarios del suelo se acogen a lo dispuesto en el Artículo 17 del nuevo texto legal para pedir que se les indemnice por los derechos edificatorios que tengan a cambio de ceder el suelo a la comunidad mediante la expropiación. Y esas reclamaciones superan los 800 millones de euros.

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