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Cuatro años de cárcel al diputado de CC Esteban Bethencourt

El tribunal le imputa un delito de malversación de caudales públicos

 17:30  

ACN PRESS El Tribunal Superior de Justicia (TSJC) ha hecho público la sentencia en la que condena a cuatro años de cárcel y 10 de inhabilitación para ejercer cargo público al diputado canario Esteban Bethencourt Gámez, de Coalición Canaria (CC), por estar acusado de un delito de malversación de caudales públicos. El acusado indemnizará al Ayuntamiento de Valle Gran Rey (La Gomera) en la cantidad que se determine ejecución de sentencia, con aplicación de lo dispuesto en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

El tribunal considera probado que el acusado ejerce desde hace muchos años, el cargo de alcalde del Ayuntamiento del municipio de Valle Gran Rey (La Gomera), y concretamente estuvo ejerciendo como tal entre los meses de octubre de 1998 a noviembre de 1999, ostentando, al mismo tiempo la condición de Diputado del Parlamento de Canarias durante los años indicados.

Por lo que se refiere a su condición de alcalde, el citado Bethencourt Gámez, desempeñó el cargo mencionado sin acogerse a la modalidad de dedicación exclusiva, optando por percibir su sueldo de profesor de EGB, por lo que no podía percibir retribución o sueldo alguno por parte del Ayuntamiento, salvo las cantidades correspondientes por traslado al interior de la Isla y fuera del municipio. A razón de estos conceptos podía percibir 35 pesetas por kilómetro si utilizaba su vehículo propio, así como los demás gastos que pudiera producirse tales como comida, o estancias, cantidades que se abonarían contra la presentación de facturas. Así mismo, por traslado fuera de La Gomera podría percibir, por cada día, 15.000 pesetas, más los gastos de desplazamiento, hotel, en su caso, y comidas oficiales. Las indemnizaciones por desplazamiento fuera de la isla se reducirían en un 50 por ciento cuando no se pernocte fuera del domicilio del desplazado.

Sin embargo, la sentencia recoge que el acusado, "con la intención de obtener un lucro patrimonial para sí", cobró del Ayuntamiento de Valle Gran Rey en concepto de dietas y gastos de desplazamiento la cantidad de 8.383.000 pesetas, "sin que en ningún caso justificase la razón, necesidad o utilidad de los desplazamientos efectuados, percibiendo en todo caso el 100 por cien de las dietas, aun cuando no pernoctara fuera de su domicilio, contabilizando entre ellos, sábados, domingos y días festivos".

Una vez formulada la querella contra Bethencourt Gámez y realizada auditoría, en virtud de un informe de la Intervención sobre un descuadre producido en la cuentas del Ayuntamiento, el acusado ingresó en la caja del mismo la cantidad de 9.465,095 euros, y ante el informe de la Audiencias de Cuentas procedió a ingresar 10.003,064 y 4.776, 070, según se le fue informando de diferentes desfases.

La sentencia destaca que el acusado percibió aquella cantidad a pesar de que las destinadas en el presupuesto municipal para sufragar a indemnizaciones por razón de servicio ascendía a 11.126,832 pesetas, y las consignadas para "atención benéfica y asistenciales, programas de atención al menor y a la familia", era la de 10.496,408 pesetas.

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