El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por que se solicita al presidente del Gobierno la interposición del recurso de inconstitucionalidad en relación con el artículo 4.2, apartados a) y c), de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de renovación y modernización turística de Canarias.

La Comunidad Autónoma de Canarias, según se expresa en el preámbulo de la norma, explica el Gobierno de España, por motivos de protección del medioambiente y de ordenación del territorio, establece en dichos apartados que sólo serán otorgadas autorizaciones previas para la nueva implantación de establecimientos de alojamiento en Lanzarote, Fuerteventura, Gran Canaria y Tenerife, cuando se trate de establecimientos hoteleros y apartamentos turísticos con categoría de cinco estrellas o superior.

El Gobierno, sin embargo, considera que limitar la autorización de nuevas instalaciones hoteleras en Canarias únicamente a los hoteles y apartamentos de cinco estrellas o superior es un requisito de naturaleza económica contrario a la Ley sobre el Libre Acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, del 23 de noviembre de 2009, legislación básica estatal dictada en transposición de la Directiva de Servicios del Mercado Interior y que consagra el principio de libertad de establecimiento en todo el territorio nacional.

El Ejecutivo de Rajoy considera a este respecto que, en la medida en que la exigencia de una determinada categoría hotelera (cinco estrellas o superior) se evalúa en términos de oferta y/o demanda turísticas, estrechamente ligados a pruebas económicas, se está limitando el acceso y ejercicio de actividades turísticas por criterios económicos, un requisito prohibido de acuerdo con el artículo 10.e) de la citada Ley sobre el Libre Acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.