Los ayuntamientos y las entidades públicas locales podrán aceptar el pago en especie de los tributos municipales. El borrador de la ley que regula el sector municipal de Canarias contempla esta opción como fórmula alternativa a los ciudadanos que tengan problemas económicos para abonar los impuestos de los ayuntamientos. Los términos y condiciones de esta modalidad novedosa tendrán que ser desarrollados en un reglamento.

El pago en especie es una alternativa por la que se puede abonar una deuda con la entrega de una mercancía o bien distinto del dinero. En este caso, si los ayuntamientos admitiesen esta fórmula de pago un ciudadano podría solventar una deuda tributaria con la Corporación mediante la entrega de un bien de su propiedad (cuadros, joyas, etcétera) o de su patrimonio.

El artículo 60 de la Ley General Tributaria de 2003 dispone como regla general que el pago de los tributos y gravámenes se tendrá que hacer en efectivo y admite dos excepciones: el pago mediante efectos timbrados o a través del pago en especie. En este último caso, la norma establece que "podrá admitirse el pago en especie de la deuda tributaria en período voluntario o ejecutivo cuando una ley lo disponga expresamente y en los términos y condiciones que se prevean reglamentariamente". Por ello, si los ayuntamientos aceptan esta propuesta de la Comunidad Autónoma podría abrirse esta opción para los contribuyentes. El Gobierno tendrá seis meses para desarrollar el reglamento que regule las condiciones de pago.

Otra de las novedades que aporta el borrador de la ley que regula el sector público local es la posibilidad que se abre a la fusión de municipios. De hecho, se faculta al Gobierno canario a adoptar medidas que incentiven la fusión de municipios atendiendo a criterios de territorio, población, calidad de servicios y economía de medios.

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