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'Caso Corredor' Presuntas irregularidades en La Laguna

Pamparacuatro dejará el proceso contra Clavijo por una denuncia de otro encausado

La justicia examinará al juez por "retardo malicioso" en la instrucción P Las defensas solicitarán que se paralice el procedimiento

Auto de Tribunal Superior de Justicia de Canarias. LP / DLP

César Romero Pamparacuatro será apartado de la instrucción del caso Corredor, en el que se investigan presuntas irregularidades en la gestión del ayuntamiento de La Laguna. Entre los imputados está el alcalde de la ciudad tinerfeña y candidato de CC a la Presidencia del Gobierno canario, Fernando Clavijo.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha decidido admitir a trámite la querella presentada contra el magistrado por Evaristo González, empresario de ocio de La Laguna y uno de los principales imputados.

González presentó una querella contra el titular del Juzgado de Instrucción número 1 de La Laguna acusándolo de "retraso malicioso en la Administración de la Justicia, prevaricación, infidelidad en la custodia de documentos, encubrimiento y falsedad de documento público". El empresario lagunero, también abogado, tiene varias imputaciones dentro de la complicada trama del caso Corredor. Entre ellas están las de tráfico de influencias y prevaricación por tratar, supuestamente, de evitar el cierre de su discoteca Palco.

González acusa a Pamparacuatro de haberle perjudicado al mantener bajo secreto de sumario todas las actuaciones durante más tiempo del necesario. El magistrado explicó en la resolución judicial que hizo públicas todas las acusaciones (fechada el 11 de noviembre de 2014) que había tardado más de dos años en alzar el secreto de sumario por carecer de un escáner con el que digitalizar todas las actuaciones.

Que el TSJC admita a trámite esta querella, que además viene respaldada por la Fiscalía Superior de Canarias, implica que Pamparacuatro no podrá seguir al frente del caso hasta que esta denuncia se resuelva. Ahora será otro magistrado el que quede al cargo de la instrucción de la causa.

La designada de seguir con la investigación, a falta de que su nombramiento sea ratificado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), es la magistrada Carmen Rosa Marrero. La juez, que hasta hora pertenecía al Juzgado de Instrucción número 3, será trasladada al 1 para proseguir con la instrucción del caso Corredor en exclusiva. Se convierte así en la cuarta juez que instruye esta causa. Será compañera en el 1 de Rebeca Callejas Antúnez, que fue designada en enero como juez de refuerzo y que continuará trabajando en el resto de casos del este juzgado.

Respecto a la querella contra Pamparacuatro, a partir de ahora se dará traslado de la situación al acusado y a la Fiscalía, que también está personada en una causa. La secretaria judicial asignada al caso, María del Pilar Granda San Miguel, también está imputada y será investigada por el TSJC. Ella deberá abstenerse a partir de ahora, asimismo, de actuar en el caso Corredor. Se le acusa de un presunto delito de encubrimiento.

El auto de admisión de la querella contra Pamparacuatro incluye una salvedad en el listado de acusaciones contra el juez. No se le investigará por el delito de prevaricación judicial, que fue objeto de una anterior querella de Evaristo González.

En 2013 esta sala del TSJC ya investigó al magistrado por ese delito y "se acordó la desestimación del recurso de súplica interpuesto deviniendo firme la resolución de inadmisión a trámite de la querella". Por este motivo, solo se le imputan el resto de acusaciones. El TSJC designa para este caso a la magistrada Margarita Varona Faus.

Mientras, tanto la Constitución Española como la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) establecen que los jueces y magistrados son responsables civil, penal y disciplinariamente del ejercicio de su potestad jurisdiccional. Las consecuencias de este proceso para el magistrado lagunero van desde la sanción a la inhabilitación si se le encuentra culpable. La responsabilidad disciplinaria es, además y según la LOPJ, compatible con la penal.

De hecho, tal y como refleja la citada ley, durante la tramitación del expediente en el caso de una falta muy grave, la comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial puede ordenar la suspensión cautelar del expedientado durante seis meses, que es la duración máxima prevista para la tramitación de un expediente de este tipo. Esta opción podría ser estudiada en el caso que imputa a Pamparacuatro ya que, dentro de las faltas muy graves, se contempla la "desatención o el retraso injustificado y reiterado en la iniciación, tramitación o resolución de procesos y causas o en el ejercicio de cualquiera de las competencias judiciales" (artículo 417 LOPJ).

Como es lógico, Pamparacuatro se defenderá ahora de las acusaciones vertidas por el empresario del ocio nocturno lagunero ya que desde que el auto fue público culpó al Gobierno de Canarias y a su Dirección General de Relaciones con la Administración de la Justicia de entorpecer su investigación y ser la causa de la dilatación del proceso.

Los letrados de la defensa de los imputados del caso Corredor anunciaron ayer su intención de solicitar una "cuestión prejudicial penal". Esto consiste, en esencia, en solicitar al Juzgado que se paralice la causa hasta que se diriman las diligencias penales abiertas contra Pamparacuatro.

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