La Mesa del Parlamento de Canarias, con el parecer favorable y unánime de la Junta de Portavoces, ha acordado que en adelante se hagan públicas las compatibilidades que se aprueben para que los diputados que cobran por tener dedicación exclusiva puedan ejercer otras actividades privadas.

Hasta ahora, las compatibilidades eran autorizadas por la Mesa previo dictamen de la Comisión del Estatuto del Diputado, cuyas reuniones son secretas.

La novedad es que a partir de ahora las compatibilidades aprobadas serán públicas y se podrán consultar en el Boletín Oficial del Parlamento, en el Portal de Transparencia y en la página parlamentaria del diputado o diputada solicitante.

En teoría, los diputados con dedicación exclusiva no pueden simultanear su función parlamentaria con otras actividades, aunque el artículo 13.2 del Reglamento establece excepciones sobre las que la Mesa tenía dudas interpretativas que hoy ha resuelto.

El reglamento establece explícitamente como excepción a la incompatibilidad la actividad docente e investigadora universitaria a tiempo parcial, pero, según la Cámara, había "dudas interpretativas" respecto a si otras actividades pueden también ser compatibles.

La resolución aprobada permite la actividad docente o investigadora a tiempo parcial siempre que lo autorice la Mesa con dictamen previo de la Comisión del Estatuto del Diputado.

Se prohíbe el ejercicio de cualquier otra actividad profesional pública o privada retribuida, así como el desempeño de cualquier otra profesión o actividad directamente o mediante personas interpuestas.

Los diputados que cobren dedicación exclusiva y tengan otros cargos públicos no podrán recibir otras retribuciones, pero sí dietas e indemnizaciones si ese día no han cobrado la dieta parlamentaria.

Entre las actividades privadas que se autorizan está la administración del patrimonio personal o familiar, siempre que el diputado y su familia no tengan más del 10 por ciento de participación en actividades empresariales o profesionales que contraten con el sector público autonómico.

También se autoriza la producción y creación literaria, artística o técnica y las publicaciones derivadas de ellas.

Así mismo, los diputados con dedicación exclusiva podrán participar, sin retribución, en congresos, seminarios, conferencias y medios de comunicación, así como en fundaciones y entidades sin ánimo de lucro o interés social.