La Mesa del Parlamento de Canarias, con el parecer favorable y unánime de la Junta de Portavoces, acordó ayer que en adelante se hagan públicas las compatibilidades que se aprueben para que los diputados que cobran por tener dedicación exclusiva puedan ejercer otras actividades privadas.

Hasta ahora, las compatibilidades eran autorizadas por la Mesa previo dictamen de la Comisión del Estatuto del Diputado, cuyas reuniones son secretas. La novedad es que van a ser públicas y se podrán consultar en el Boletín Oficial del Parlamento, en el Portal de Transparencia y en la página parlamentaria del diputado solicitante.

En teoría, los diputados con dedicación exclusiva no pueden simultanear su función parlamentaria con otras actividades, aunque el artículo 13.2 del Reglamento del Parlamento establece excepciones sobre las que la Mesa tenía dudas.

El Reglamento establece explícitamente como excepción a la incompatibilidad la actividad docente e investigadora universitaria a tiempo parcial. Tras la resolución aprobada estas se mantienen y se prohíbe el ejercicio de cualquier otra actividad profesional pública o privada retribuida, así como el desempeño de cualquier otra profesión o actividad directamente o mediante personas interpuestas.

Entre las actividades privadas que se autorizan está la administración del patrimonio personal o familiar -siempre que no supere el 10% de participación en actividades empresariales o profesionales que contraten con el sector público autonómico-; la creación literaria, artística o técnica y las publicaciones derivadas.