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Transparencia Obligaciones y deberes de los responsables públicos

El Gobierno plantea que los altos cargos sólo cesarán en caso de condena firme

La ley canaria de buen gobierno no contempla la imputación - El Gobierno alude a un criterio "técnico" que choca con los códigos éticos de los partidos políticos

El Gobierno plantea que los altos cargos sólo cesarán en caso de condena firme

Un alto cargo de la Comunidad Autónoma será destituido sólo cuando haya una sentencia firme, condena de inhabilitación o pena de cárcel. La primera propuesta del Ejecutivo canario para la Ley del Estatuto de los Altos Cargos y Buen Gobierno no recoge la figura del imputado o del investigado cuando se abre un proceso judicial en el ejercicio de las funciones públicas y lo que se contempla es que el cargo cesa cuando hay un fallo condenatorio por un delito vinculado a los asuntos que gestiona.

El anteproyecto elaborado por la Consejería de Presidencia y Justicia, que dirige Aarón Afonso, argumenta un criterio estrictamente técnico para desarrollar los aspectos relacionados con la honorabilidad de los dirigentes públicos. El propio Afonso asegura que este tipo de reglas también figuran en la legislación existente sobre la materia en varias comunidades autónomas, entre ellas País Vasco y Andalucía, y en la reciente normativa aprobada por el Gobierno central.

Sin embargo, este principio choca con los códigos internos de conducta para sus dirigentes que han ido aprobando la mayoría de los partidos políticos en los últimos años para frenar la creciente desafección de la ciudadanía por los casos de corrupción. En la mayoría de estas normas éticas de las formaciones políticas se pone como motivo del cese o la destitución la apertura de juicio oral. Aarón Afonso es consciente de las dificultades que entraña que la propuesta del Ejecutivo para destituir a un alto cargo que está siendo investigado por la Justicia sea cuando haya condena firme, teniendo en cuenta la lentitud de las instrucciones judiciales.

Sin embargo, Afonso insiste en que se trata de un criterio "técnico" que intenta también tener en cuenta el derecho a la presunción de inocencia. Asimismo, el titular de Presidencia y Justicia recuerda los casos de imputación que se producen en diligencias judiciales para que el cargo o responsable público testifique y después se termina archivando la causa. Por eso, Afonso explica que se debe buscar un "equilibrio" que evite juicios paralelos al responsable público antes de que haya una condena.

Afonso advierte que se trata aún de una primera propuesta planteada por su departamento para ser debatida en el seno del Gobierno y después iniciar la tramitación como ley con las consultas pertinentes al Consejo Consultivo, antes de que el texto sea remitido al Parlamento. El objetivo es que una norma de estas características sea aprobada con el máximo consenso posible en la Cámara autonómica, si bien el consejero admite que será complicado.

"Aquí las fuerzas políticas tenemos posiciones diferentes y habrá que ver si en la tramitación de la ley se mantiene el criterio técnico que se propone hasta que haya una sentencia firme o de inhabilitación por delitos relacionados en la Administración pública o se da un paso más en este tipo de situaciones. Va a ser complicado este proceso a la vista de lo variopintos que son los planteamientos de las fuerzas que están actualmente en el Parlamento canario", admite Afonso.

Pero la honorabilidad a la que hace mención el borrador de ley también se refiere al periodo anterior a la designación para ejercer de alto cargo del Gobierno o directivo de las fundaciones y empresas públicas, ya que no debe estar inmerso en ningún proceso de inhabilitación o condena firme por hecho punibles. "Hay que dar pasos para que la ciudadanía se sienta representada por los cargos públicos, porque habrá más transparencia y se fijan requisitos y supuestos de cese con carácter objetivo", añade.

La ley que regula el régimen jurídico de los altos cargos y el buen gobierno no entra en el ámbito de competencias del Parlamento, que en estos y en otros casos es una institución que tiene plena autonomía para regular el funcionamiento y las normas a las que se deben someter los diputados y el personal que trabaja para la Cámara autonómica, situación que figura en el Estatuto y en la normativa regional.

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