El Consejo de Gobierno de Canarias acordó ayer supri-mir el artículo de la Ley de Renovación y Modernización Turística que sólo permitía construir nuevos hoteles en el Archipiélago si eran de cinco estrellas o una categoría superior. Este artículo vetaba la edificación de nuevos establecimientos de cuatro estrellas, una de las principales demandas del Cabildo de Gran Canaria y de los empresarios turísticos de esta isla.

El Tribunal Constitucional anuló, en su sentencia del 8 de octubre, los apartados 'a' y 'c' del artículo 4 de la citada ley aprobada en 2013 y declaró su inconstitucionalidad, ya que se introducía un criterio económico como es la categoría de los hoteles para decidir si procedía o no autorizar su construcción.

Tras esta resolución, el Ejecutivo ve conveniente dero- gar estos aspectos para "evitar posibles interpretaciones o apreciaciones erróneas". Ello supone "un gesto adecuado en línea con los objetivos de simplificación legislativa", según el Gobierno.

Hasta el fallo del Constitucional, al que recurrió el Ejecutivo de Mariano Rajoy, la ley turística canaria consagraba, con carácter general, el principio de que en las islas de Tenerife, Gran Canaria, Fuerteventura y Lanzarote solo se autorizarían la apertura de aquellos hoteles que procedieran de la renovación de un complejo ya existente. Sólo se permitían, como excepción, la construcción de hoteles o complejos de apartamentos nuevos si su categoría es de cinco estrellas o más.

Con esta rectificación, el Gobierno de Canarias deja claro que se puedan edificar establecimientos de cualquier categoría, tal y como demandaba la patronal turística de la provincia de Las Palmas, no así la de provincia tinerfeña y el Cabil-do de Tenerife, que han defendido la ley y la necesidad de establecer medidas que impulsen a los establecimientos obsoletos a renovarse.

El reglamento que complementa la ley turística, como solución tras la intervención del Estadio, acaba con la categorización por estrellas para con-ceder la autorización de apertura y exige, en cambio, una requisitos de empleo, ecososte-nibilidad o servicios complementarios.