La Provincia - Diario de Las Palmas

La Provincia - Diario de Las Palmas

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Soria acusa a Rosell ante el Supremo de "retardo malicioso" en el caso de Ramírez

La querella criminal del ministro, presentada por Eligio Hernández, atribuye a la diputada de Podemos los delitos de injurias, calumnias, prevaricación y cohecho

Victoria Rosell. LP / DLP

Calumnias, injurias, prevaricación judicial, retardo malicioso en la administración de Justicia y cohecho. De dos a cinco pasan los delitos de los que Eligio Hernández, abogado del ministro José Manuel Soria, acusa a la exjuez y actual diputada de Podemos Victoria Rosell, en la querella criminal ampliada que se presentó ante la sala segunda del Tribunal Supremo.

Hernández solicita que se llame a declarar a Rosell como investigada y como testigo a la fiscal de delitos económicos Evangelina Ríos y al magistrado Salvador Alba, sustituto de la hoy diputada y aforada.

Todo se destapó en diciembre en la antesala de las elecciones generales. La publicación de que la fiscalía de Las Palmas había abierto una investigación a Victoria Rosell por la instrucción que tramitaba como titular del juzgado número 8 contra el presidente de la UD Las Palmas y de Seguridad Integral Canaria, Miguel Ángel Ramírez, tras la compra de una emisora al periodista Carlos Sosa, pareja de la entonces juez, provocó la frase que el abogado del ministro califica como un injurioso e intolerable ataque al honor y "gravísima afrenta de la dignidad de Soria" que "denigra su honorabilidad".

Rosell al referirse a las informaciones que revelaban que estaba siendo investigada había declarado: "Es un intento de José Manuel Soria y del PP para neutralizar a un rival político usando la Fiscalía".

Al calificar como falsas tales afirmaciones que perjudican a Soria, Eligio Hernández amplia su querella criminal y detalla al Supremo los presuntos delitos, empezando por el trato de la entonces magistrada a la investigación de los delitos fiscales y contra la Seguridad Social de Miguel Ángel Ramírez.

La defensa de Soria reproduce el argumento de la fiscalía al creer que la jueza debió de apartarse de la instrucción de Ramírez ya que su pareja, Carlos Sosa, negociaba la venta de una emisora a la UD Las Palmas, por la que acabó recibiendo 300.000 euros, en un pago aplazo a diez años. Sosa firmó el contrato con la UD el 28 de octubre y Rosell solicitó la excedencia como juez el 15 de ese mismo mes. Eligio Hernández reproduce la queja de la fiscal Evangelina Ríos, archivada por el Consejo General del Poder Judicial, donde se argumenta que Rosell "estaba retrasando la instrucción".

En el relato de la actuación de Rosell con las diligencias de Ramírez se extiende el abogado del ministro al indicar que desde el 29 de abril de 2014 la jueza no dictó auto para que se pidiera fianza al presidente de la UD, que se hizo de forma solidaria por 35 millones a todos los investigados el 9 de diciembre de 2015, cuando ya estaba un juez sustituto; que el 29 de abril de 2014 el abogado del presidente de la UD y Seguridad Integral Canaria pide al juzgado que requiera a la Agencia Tributaria documentación y ese mismo día se pidió desde el juzgado de Rosell; y que por siete veces a lo largo de dos años las acusaciones solicitaron sin éxito que se estableciera una fianza; también se explica que en febrero de 2014 la Policía aportó un "pen drive" con pruebas sobre documentación de dietas y nóminas de los trabajadores de Miguel Ángel Ramírez y que permaneció en un sobre sin abrir hasta que llegó el juez sustituto.

El colmo de la magistrada

Estos comportamiento de Victoria Rosell, a juicio de Eligio Hernández, son delictivos y "el colmo es que la querellada, magistrada de carrera y conocedora de los principios constitucionales" reproche a Soria que manipula a la Fiscalía con fines electorales, y atribuya al ministro una conducta "delictiva". "La falsa afirmación de Rosell es constitutiva de delito de calumnias", argumenta el veterano jurista canario e histórico militante socialista. "Una campaña electoral no implica patente de corso para la difamación". Y enumera la explicación jurídico penal de los delitos: La calumnia por la "conciencia de la imputación a sabiendas de su inveracidad con la finalidad de desacreditarle y atentar contra su fama, dignidad y honorabilidad"; la injuria por su ánimo "en expresiones que lesionan la dignidad" de Soria; la prevaricación judicial, donde se recuerda al condenado Elpidio José Silva, por lo que Eligio Hernández entiende que fue una arbitrariedad y resolución injusta en su ejercicio "como magistrada" con Ramírez.

El delito de retardo malicioso en la Administración de Justicia se entiende "por sustraer un asunto de su curso natural para retenerlo y apartarlo de su curso natural" con finalidad ilegítima; y el cohecho, en el que más se extiende el abogado de Soria, y del que acusa a la hoy diputada de Podemos por la negociación de la emisora de la UD con su pareja al tiempo que tramitaba la causa de Miguel Ángel Ramírez.

Un cohecho pasivo que el Tribunal Supremo tipifica y Eligio Hernández argumenta, "desde el momento en el que recibe o acepta el ofrecimiento o la promesa". "No es tampoco preciso para la consumación de esta modalidad típica del cohecho que el funcionario ejecute efectivamente el comportamiento contrario a derecho quede él se pretende o que el mismo se propone realizar con tal de recibir la dádiva, no se requiere que el funcionario cometa realmente el acto delictivo o injusto", apunta en su querella.

Compartir el artículo

stats