El Supremo revisará el próximo miércoles los recursos que el expresidente de Lanzarote, Dimas Martín, y del exviceconsejero de Justicia canario, Francisco Batllori, presentaron contra las penas de cinco y siete años respectivamente que les impuso la Audiencia de Las Palmas por el Caso Unión.

La Audiencia de Las Palmas condenó el pasado mes de febrero de 2015 a siete años de cárcel al exviceconsejero de Justicia del Gobierno canario Francisco José Rodríguez Batllori y a cinco años y medio al expresidente del Cabildo de Lanzarote Dimas Martín en uno de los juicios derivados del llamado Caso Unión.

Se trata de un macroproceso por corrupción que investiga el presunto saqueo de fondos de las instituciones públicas de Lanzarote por parte de políticos, empresarios y funcionarios.

La Audiencia consideró probado que Rodríguez Batllori y Martín cometieron delitos de malversación y prevaricación al pagar con cargo a fondos públicos del Ayuntamiento de Arrecife y de la sociedad Insular de Aguas de Lanzarote (Inalsa) las gestiones que el primero hacía como abogado en favor del segundo.

En este caso, la sentencia consideró probado que Rodríguez Batllori cobró ilegalmente 45.835 euros del Ayuntamiento de Arrecife y de Inalsa por servicios de asesoramiento a ambas entidades que nunca llegó a realizar y que, en realidad, tampoco le podrían haber contratado, dada su condición de funcionario del Gobierno de Canarias (lo que le impedía cobrar de más de una administración).

El tribunal declaró acreditado que el exviceconsejero de Justicia de Canarias, de CC, pudo recibir esos ingresos gracias a la mediación de Dimas Martín, fundador del Partido de Independientes de Lanzarote (PIL), que en aquellos momentos cumplía en prisión dos condenas por delitos de cohecho, malversación y fraude a Hacienda y a la Seguridad Social cometidos desde cargos públicos.

La sentencia dictaminaba que, a pesar de estar retirado oficialmente de la política por esas condenas, Dimas Martín seguía siendo desde la cárcel "el factótum de Lanzarote", la persona que podía conseguir prácticamente cualquier cosa en la isla gracias al "notable poder" que conservaba sobre los cargos públicos del PIL.

Eso, dijo el tribunal en los fundamentos de resolución, "lejos de ser una leyenda urbana", como intentó alegar el propio Dimas Martín durante el juicio, se ha demostrado en este caso que es "una realidad".