Los redactores del anteproyecto de ley del suelo rechazaron ayer en la comisión parlamentaria de Política Territorial algunas de las tesis que mantiene el grupo Podemos sobre la necesidad de que los ayuntamientos deban elevar informe al Ministerio de Hacienda si asumen competencias de urbanismo.

Según sostiene la diputada de la formación morada Asunción Delgado, "la ley de racionalización y sostenibilidad de las corporaciones locales ha eliminado competencias y deben informar para analizar las repercusiones que tendría sobre la deuda municipal".

Sin embargo, Francisco Villar, uno de los redactores del anteproyecto de ley discrepó y subrayó que "la ordenación del territorio es una competencia propia de los municipios cuyo contenido preciso queda al criterio de la ley del Estado o de la ley autonómica". En la misma línea, añadió que "el informe al Ministerio de Hacienda sobre estabilidad financiera solo se refiere a competencias impropias y el urbanismo, ordenación del territorio, ejecución, intervención y disciplina es una materia que se contiene en la ley de bases de régimen local". Villar abundó en que "la competencia municipal ya la tiene" y en que este anteproyecto de ley "convierte lo provisional en definitivo".

Villar actuó de portavoz de los redactores del texto, aunque le acompañaron Normando Moreno Santana, Martín Orozco Muñoz y Juan José Santana Rodríguez. Villar destacó que el marco normativo actual es muy complejo con tres normas con rango de ley que tienen que ver con el suelo: el texto refundido, la ley de directrices y la ley de armonización de 2014 lo que a su juicio resulta "un entramado normativo que es una carga injustificada para empresas y particulares". Así, aseguró que el anteproyecto reúne la legislación dispersa, se asume el concepto de desarrollo sostenible, se derogan las directrices de ordenación general y, aunque incorpora parte de las tres leyes, "no aborda de forma detallada aspectos sectoriales como el turístico", entre otros.

Tanto Podemos como Nueva Canarias se mostraron críticos con el texto actual. La diputada Asunción Delgado mantuvo que el equipo redactor "debería empezar de cero" para que no solo lo formen urbanitas sino geógrafos, economistas, biólogos o expertos en patrimonio.

Por su parte, el diputado de Nueva Canarias Luis Alberto Campos se opuso a la derogación de las directrices y a que la Comunidad Autónoma renuncie a sus competencias en la ordenación del territorio y de los espacios naturales, aunque aplaudió la necesidad de "simplificar las normas en un texto bien estructurado".

Jesús Ramos Chinea, del Grupo Mixto (ASG), valoró el texto como "valiente y oportuno" al destacar que "supondrá una simplificación importante, facilitará la inversión y, además, repercutirá de forma positiva en las actividades agrarias".

También el diputado del PP Miguel Jorge Blanco alabó el texto y adelantó que su grupo lo apoyará en el trámite parlamentario "si las cosas no se tuercen". Por su parte, tanto la diputada socialista Nayra Alemán como el nacionalista José Miguel Ruano no entraron a valorar el anteproyecto.

Clasificación

Durante su intervención, Villar explicó que el contenido de la ley se ha trabajado sobre la triple clasificación: suelo rústico, urbanizable y urbano. Asimismo, se estructura en cinco bloques: clases de suelo, planes de ordenación, ejecución de los planes, intervención o control sobre el suelo y disciplina urbanística.

Sobre el suelo rústico, detalló que se favorece la protección económica del sector primario y sus usos ordinarios así como los usos para generar rentas complementarias. A su vez, se regulan los asentamientos rurales con construcciones ya existentes en explotaciones agrícolas; se autorizan actuaciones que antes requerían permisos como actuaciones en los sistemas de riegos o la instalación de invernaderos, y se incorpora el principio de "compensar por conservar", de tal forma que se fomenta la protección de suelos protegidos con un mecanismo redistributivo de las plusvalías generadas en los suelos urbanizados encomendándose la gestión de los fondos a los cabildos.

De los usos ordinarios de los suelos rústicos, destacó que son competencia de los ayuntamientos mientras que las decisiones del uso extraordinario compete a los cabildos. Respecto a los suelos urbanizables, puntualizó que no se plasma la prohibición de declaración de nuevo suelo urbanizable, pero sí establece una mayor exigencia en cuanto a la clasificación de nuevos suelos. Y sobre el suelo urbano, explicó que intentan resolver problemas y excepciones como las conducciones de aguas residuales, se desarrollan las actuaciones de dotación, incrementos de edificabilidad y porcentajes de participación de plusvalías.

En cuanto al planeamiento, Villar señaló que descansa sobre una planificación de ámbito autonómico, insular y municipal. Destacó que aunque se mantiene la competencia autonómica en materia de ordenación, y por tanto las directrices, éstas se bajan de rango pasando de ley a decreto. Así, los planes insulares se limitan a la ordenación de recursos naturales, ordenación del territorio para grandes usos y localización de infraestructuras insulares, suprimiéndose el contenido urbanístico y socioeconómico, que queda para el ámbito municipal. En este sentido, aseguró que "se da flexibilidad para que se quede a criterio de cada cabildo el nivel de concreción de sus planes territoriales, en función de su capacidad de gestión".