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Más excusas en las mesas electorales

La coincidencia de los terceros comicios en poco más de un año con el inicio del periodo de vacaciones dispara las deserciones justificadas de las urnas el 26J

Las elecciones no descansan, pero los electores sí, incluidos los miembros de las mesas electorales. El número de ciudadanos con impedimentos o excusas justificadas para el desempeño de un cargo en las mesas electorales del próximo domingo se dispara en Canarias con respecto a los pasados comicios generales.

La Junta Electoral de Zona de Las Palmas de Gran Canaria contabiliza 1.658 negativas con justificación de personas designadas para el 26 de junio como presidentes, vocales o suplentes de las mesas electorales. Según la autoridad electoral competente en los municipios de Arucas, Firgas, San Mateo, Santa Brígida, Teror y Valleseco, además de la capital grancanaria, la cifra supone un incremento de 250 noes sobre el 20D.

Desde la Junta Electoral de Zona de Santa Cruz de Tenerife (Arafo, Candelaria y Güimar, además de la capital tinerfeña) también subrayan la tendencia creciente, aunque no detallan los datos. "Aumentaron un montón, una burrada, así no había pasado en la vida", destacan fuentes de la administración electoral chicharrera después de cifrar los impedimentos o excusas presentadas en una media diaria de 30 personas desde el sorteo del 28 de mayo, con picos de 60 negativas por jornada.

"Y se niegan muy pocas excusas, más del 80% se aceptan", añaden desde la Junta Electoral de Santa Cruz de Tenerife, donde se admite la repercusión de la coincidencia de la tercera fecha electoral en poco más de un año con el inicio del periodo de vacaciones estivales. También en la Junta Electoral de Zona de Arrecife, que registra entre 15 y 40 negativas por día de todos los municipios de Lanzarote, coinciden en el análisis, ya que las actuales justificaciones por viaje superan a los habituales impedimentos por enfermedad.

"Si se presentan los billetes comprados con anterioridad, se aceptan todas", explican desde la oficina conejera. Así ocurrió también el pasado 24 de mayo, según recuerdan desde la delegación tinerfeña, con las comuniones programadas la jornada de las elecciones autonómicas y locales, convocadas justo en el tradicional mes de celebración del segundo sacramento católico.

Los impedimentos y excusas justificadas para el presidente y los dos vocales de cada mesa, además de los dos suplentes por cargo, se regulan mediante el artículo 27.3 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg), posteriormente interpretado por la instrucción 6/2011 de la Junta Electoral Central. De obligado cumplimiento para las distintas juntas electorales, la instrucción distingue entre causas personales, familiares y profesionales, además de diferenciar en cada uno de los tres grupos los motivos que no ofrecen duda para atender siempre la petición de excusa y las razones que dependen de las circunstancias particulares.

Los viajes o las comuniones, por ejemplo, constituyen causas familiares sujetas a la valoración puntual de la correspondiente Junta Electoral de Zona. Según el texto 6/2011, "la concurrencia el día de la elección de eventos familiares de especial relevancia, que resulten inaplazables o en los que el aplazamiento provoque perjuicios económicos importantes, siempre que el interesado sea el protagonista o guarde con éste una relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad" permite eludir la obligación, previa acreditación documental, como el recibo de los billetes de avión o la reserva del restaurante del festejo.

Conciliación familiar

Además de los eventos, también se contempla como causa familiar sujeta a valoración administrativa, siempre con prueba documental, "la condición de madre o padre de menores de catorce años, cuando se acredite que el otro progenitor no puede ocuparse del menor durante la jornada electoral, careciendo además el interesado de ascendientes o de otros hijos mayores que puedan hacerlo".

Desde la Junta Electoral de Santa Cruz de Tenerife sitúan esta razón como la mayoritaria entre todas las excusas presentadas. La causa no sólo afecta a las familias monoparentales, sino también a las parejas con hijos que deban prestar algún servicio esencial durante la jornada electoral (médico, sanitario, bombero o policía). Empleados públicos con funciones electorales, directores de medios de comunicación, o profesionales en acontecimientos públicos la fecha de la votación también pueden excusarse de la mesa electoral.

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