Apurando los plazos que se ha autoimpuesto, el Ejecutivo canario aprobó ayer el anteproyecto de la ley del suelo con la que pretende agilizar los trámites y planeamientos urbanísticos para facilitar la inversión. En la actualidad la maraña administrativa puede alargar los procedimientos hasta en diez años. La intención del gobierno de CC-PSOE que dirige Fernando Clavijo pretende que la simplificación a que dará lugar la nueva norma -deroga cuatro leyes territoriales en vigor- ayude a activar la economía y con ello a crear empleo. Ello, al tiempo, sin consumir más suelo que el ya está clasificado.

El anteproyecto fue ayer enviado al Consejo Consultivo con el objetivo de que éste emita su informe -preceptivo pero no vinculante- en un plazo máximo de un mes y que, como muy tarde, a finales de julio entre en el Parlamento. A final de año la ley debería entrar en vigor, según la hoja de ruta que se ha marcado el Ejecutivo.

La consejera de Política Territorial Nieves Lady Barreto, informó tras la reunión del Consejo de Gobierno que durante el trámite de información pública y consulta administrativa se presentaron 129 paquetes de alegaciones, en su mayoría procedentes de organizaciones empresariales, sindicales, vecinales y sociales, así como de ciudadanos.

En cuanto a informes y observaciones de administraciones públicas, se recibieron de cabildos y ayuntamientos, incluyendo las alegaciones de la Federación de Canaria de Municipios (Fecam) así como informes de departamentos y organismos de la administración autonómica.

Barreto expuso que aproximadamente un tercio de las alegaciones solicita la ampliación del plazo de información pública o el reinicio del procedimiento de elaboración del anteproyecto normativo. Solicitudes que no se han tenido en cuenta porque ya hubo una ampliación para el proceso de participación.

Además, otro grupo de alegaciones manifiesta su oposición al planteamiento y estructura de anteproyecto, considerando en general que lo adecuado sería introducir pequeños cambios en el marco normativo actual, sin modificar su estructura, ni los procedimientos de aprobación de planes -los actuales con bifásicos: aprobación provisional una administración, aprobación definitiva administración autonómica-, ni las reglas de intervención sobre el territorio -en particular, el doble mecanismo de control sobre el suelo rústico-.

En cuanto a la valoración de las alegaciones y observaciones presentadas, señaló que muchas apuntaban la necesidad de incluir en el texto referencias a la igualdad de género en los principios y criterios de intervención, así como la puesta en valor de lo agrario en el ámbito de los espacios naturales protegidos.

Participación

En línea con numerosas alegaciones, la consejera explica que enel texto se reformula la participación ciudadana regulando su contenido, derechos y deberes, así como las responsabilidades de las Administraciones Públicas, e incluyendo un nuevo artículo sobre derecho de información urbanística. Y en cuanto al nuevo principio de 'compensar por conservar'-un canon que se impone a los propietarios de terrenos urbanizables para ayudar a la conservación de los terrenos protegidos y que ha levando resquemor entre los empresarios turísticos- , se aclara que lo es por la conservación con diligencia, no por mero cumplimiento del deber de conservar, de igual modo que se precisa que la compensación vendrá de la plusvalía urbanística.

Asimismo, se introducen ajustes en las competencias de cada Administración, en particular en materia de cooperación interadministrativa. De forma particular se recoge la necesaria colaboración cuando dos municipios compartan una misma malla urbana.

En el régimen jurídico de la propiedad, y en concreto sobre el derecho de propiedad del suelo, se realizan ajustes puntuales en el borrador llevado a exposición pública con el fin de conseguir una redacción más clara y precisa, de modo especial en cuanto a usos y obras provisionales, aclarando los supuestos en que los titulares de terrenos tienen derecho a esta clase de usos de acuerdo con la legislación estatal de suelo.

Sobre el suelo rústico, se refuerza en el texto la idea del suelo rústico como aquellos terrenos que deben quedar excluidos de los procesos urbanizadores por sus valores o por ser necesarios para atender futuras necesidades, y se establece el carácter rústico de la zona de influencia del litoral que no se encuentre clasificada como urbana o urbanizable.

Sobre el suelo urbano, a la vista de algunas sugerencias, se introducen aclaraciones puntuales, entre las más destacadas la previsión expresa de que el suelo urbano no consolidado puede ser ordenado por el planeamiento general o el planeamiento de desarrollo.

Y en cuanto al suelo urbano consolidado, se recoge en el texto corregido la sugerencia de que entre los deberes de los propietarios se recoja la cesión de los terrenos necesarios para el acceso e instalación de los servicios públicos precisos para que pueda convertirse en solar, dando un paso más sobre la regulación tradicional del urbano consolidado con obras pendientes de urbanización.

De otra parte, Barreto recordó que el único contenido de tipo turístico de la norma es la excepción que se hace para que los apartamentos residenciales en zonas turísticas puedan seguir considerándose así y sus dueños no se ven obligados cederlos para su explotación, tal y como establece la ley turística actual.

Con todo, y pese a que los socios de Gobierno dieron ayer el visto bueno al anteproyecto, no faltan entre las filas socialistas detractores del mismo que ya han anunciado que presentarán enmiendas en el proceso parlamentarios para suavizar su filosofía "liberalizadora". El mismo calificativo utiliza una plataforma contraria a que apoyan dos expresidentes autonómicos: Román Rodríguez y Paulino Rivero.