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JK5022 Octavo aniversario del accidente

"La aseguradora ha dilatado el proceso para que la gente no aguante y pacte"

"La resolución deja abierta la puerta a que las compensaciones a los familiares se multipliquen", explica el abogado Francisco Vasquez-Tenreiro Vega

Francisco Vasques-Tenreiro Vega, en su despacho en Madrid. LP / DLP

¿Desde cuándo lleva trabajando en el caso del accidente del vuelo JK5022?

Desde el día siguiente del accidente. Fui la primera acusación en personarme en el Juzgado número 11 de Madrid, que llevó la investigación. Como canario residente en Madrid, el hecho de que se estrellase un avión que iba a las Islas me afectó especialmente.

Mañana se cumplen ocho años del siniestro y la lucha judicial de los afectados aún continúa.

La contienda judicial contra la aseguradora sigue . Es lógico que los familiares de las víctimas sientan desamparo ante el paso de los años y la imposibilidad de cerrar este amargo capítulo. Los primeros cuatro años sirvieron para demostrar que aquel MD-82 presentaba una avería grave. Aunque la Justicia no depurara responsabilidades penales, la investigación sirvió para responder a preguntas de las víctimas sobre esa triste cadena de errores.

¿Y cómo ha sido la batalla los últimos cuatro años?

La batalla judicial, ya ante la jurisdicción civil, es otra: intentar que no se indemnice con poco más de 100.000 euros por víctima, cuando la integridad física de los 172 pasajeros estaba respaldada por una póliza de 1.500 millones de dólares. Los familiares desean que llegue un día en que el aniversario solo sea un acto emotivo que no se vea afectado por noticias de los tribunales.

Precisamente ahora una sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona incrementa las indemnizaciones que deben recibir los familiares de una de las víctimas, ¿por qué llega ahora?

La víctima tenía 21 años y aún no se había incorporado al mercado laboral. Se embarcó en el JK5022 para irse de vacaciones a Gran Canaria y por desgracia no llegó a su destino. Era un joven que no sustentaba a la familia y por eso los padres me permitieron pelear hasta el final.

En los casos en los que no se trataba de un joven sin responsabilidades familiares, ¿la situación cambiaba?

Algunos de los afectados que perdieron en 2008 a un familiar que sustentaba a la familia sí llegaron a un acuerdo porque la situación era desesperada. La aseguradora se aprovechó de la época de crisis, por lo que hubo afectados que firmaron lo que les pusieron por delante.

¿Y por qué se han publicado diferentes cuantías de la indemnización que percibirán los familiares tras esa sentencia?

La aseguradora, para intentar pactar, ha tratado de dilatar el proceso todo lo posible para que la gente no aguantara. Pero en ese juego diabólico hay un problema: los intereses de la Ley de Contrato de Seguro, que son penalizadores. Lo que cobraron mis clientes por la sentencia de primera instancia fueron unos 320.000 euros y, ahora, con este fallo, mis clientes se van por encima de los 630.000 euros por solo una víctima. Mapfre quita los intereses para que suene menos y la gente quiera llegar a un acuerdo.

Mapfre está estudiando recurrir esa sentencia.

En mi opinión, la aseguradora recurrirá ante el Tribunal Supremo esta sentencia, pues rompe frontalmente su estrategia de aplicar a las víctimas del JK5022 el cicatero baremo para accidentes de tráfico, ya que esta resolución deja abierta la puerta a que las indemnizaciones a favor de los familiares de las víctimas se multipliquen. Es muy probable que ante el Supremo se libre el último capítulo de esta batalla que, aunque es jurídica, en el fondo consiste en una guerra de cifras. La batalla jurídica es para evitar que la vida de los pasajeros, asegurada en una media superior a los nueve millones de dólares por cabeza por la póliza que tenía Spanair con Mapfre, se indemnice con poco más de 100.000 euros.

¿Pero la póliza solo cubría ese vuelo?

Era una póliza que cubría toda la flota, pero no se estrelló ningún avión más de Spanair.

¿Cree que se dejará de usar ese baremo en catástrofes aéreas?

En la España del siglo XXI la pérdida de un familiar en un siniestro aéreo debe indemnizarse, como mínimo, con un millón de euros para un padre que haya perdido a su hijo. Teniendo en cuenta la cobertura de la póliza, no es una cifra desorbitada. La estrategia a la baja que ha seguido la aseguradora me parece indignante y vergonzosa.

¿Qué posibilidad hay de que aumente la cuantía de las indemnizaciones en los procesos que están pendientes de sentencia?

La jurisprudencia emana de la doctrina establecida por el Supremo. Desde la aprobación del baremo de accidentes de tráfico en 1995, creo que es la primera tragedia relativa al transporte de pasajeros que supera el centenar de víctimas. Llega el momento de sentar una doctrina diferente que realmente respete el valor de una vida. Esta sentencia ha dado un giro y es evidente que en otros casos, en los que la víctima deja en situación de viudedad a su cónyuge y huérfanos a varios hijos, la indemnización merece ser mayor. La sentencia dice que el reglamento comunitario permite un resarcimiento mayor, no sometido a reglas objetivas de determinación del daño. Esto implica, a la postre, la rotura de los límites que hasta ahora han aplicado los tribunales de primera instancia.

¿Qué sentido tiene el baremo de accidentes de tráfico?

Incluso en su reciente versión mejorada, el baremo, para indemnizar la pérdida de un cónyuge, cifra el punto de partida por debajo de los 100.000 euros. Aunque la cifra puede aumentar según las circunstancias, me parece irrisoria. Este sistema de baremo tiene sentido porque todos queremos que el seguro de nuestros vehículos sea asequible. Pero no debe utilizarse por los tribunales fuera de su ámbito objetivo de aplicación, que es el de los accidentes de tráfico. Ojalá consigamos que el vuelo JK5022 sirva para desterrar esa mala costumbre para siempre y los afectados por tragedias de este calibre puedan recibir lo que en Justicia les corresponde.

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