La Provincia - Diario de Las Palmas

La Provincia - Diario de Las Palmas

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Entrevista

"Recibo invitaciones para el palco de la UD, pero prefiero estar con mi familia"

"El Ministerio Fiscal actuará con rigor en las causas contra los magistrados Salvador Alba y Victoria Rosell", manifiesta Vicente Garrido, Fiscal jefe del TSJC

El fiscal superior de Canarias en un momento de la entrevista en su despacho en el Palacio de Justicia. JOSÉ CARLOS GUERRA

La Fiscalía depende jerárquicamente del poder Ejecutivo ¿hay injerencias?

La dependencia del Ministerio Fiscal del Ejecutivo es un hecho evidente en cuanto al nombramiento del fiscal general del Estado y ya en la última reforma del estatuto del Ministerio Fiscal del año 2007 se introdujeron modificaciones para evitar esa vinculación con el Ejecutivo, de modo que los mandatos son por un período concreto, no pueden ser cesados caprichosamente y se intenta potenciar la autonomía del Ministerio Fiscal. En cualquier caso, la actuación de los fiscales de España, incluido el fiscal general del Estado, está sometida a un criterio único: el imperio de la ley. Los fiscales actuamos sometidos a la ley, con total y absoluta independencia.

¿Comparte con el presidente del TSJC, Antonio Doreste, que no hay más corrupción sino que ahora se persigue más?

La persecución de esas conductas siempre ha existido. Ahora es verdad que con las reformas del Código Penal en supuestos concretos, como blanqueo de capitales, tráfico de influencias y una definición mayor del delito de cohecho, la actividad delictiva es mayor y existe un control jurisdiccional por parte de fiscales y juzgados. Afortunadamente existe una mayor repercusión mediática de estos temas, porque son conductas que inciden negativamente en los pilares de nuestra convivencia, porque supone la desconfianza en las instituciones públicas, pues muchos de esos delitos están relacionados con la actividad en las instituciones. En contraposición a eso está funcionando nuestro Estado de Derecho, los procedimientos están caminando, se están instruyendo y juzgando.

Los casos Faycán, Eólico y Góndola arrastran una década de retraso ¿cuándo se van a enjuiciar?

Todos esos procedimientos están calificados por el Ministerio Fiscal, queda celebrar el juicio. Quiero entender que existen razones de disponibilidad de agenda o de resolución de recursos planteados que impiden celebrar el juicio.

¿Maneja alguna fecha?

No, los señalamientos dependen de los tribunales de justicia.

¿Confía en que sea en 2017?

Ojalá. Cuanto antes se celebren mejor, sobre todo, porque la justicia tiene que ser eficaz y la primera herramienta para ello es que sea rápida, que los procedimientos no se demoren eternamente. Aunque se dicte una sentencia ejemplar 15 años después no provoca nada, ni se resuelve nada. Una justicia que se imparte tardíamente no genera satisfacción para nadie.

¿Hay interés en retrasar ciertas causas en Canarias?

No. La estructura procesal actual es la que impide celebrar esos juicios, por los recursos existentes o la propia agenda judicial.

¿Es partidario de reducir la posibilidad de interponer recursos en los procedimientos?

Debemos ir a una nueva redefinición del proceso penal, donde se dé importancia no a la fase de instrucción, sino a la celebración del juicio. Donde la instrucción sea menos larga y haya más oralidad en esa fase y vayamos rápidamente al juicio. Eso sería lo ideal.

En la Península ya se están sentando en el banquillo los acusados en el caso Gürtel y por las tarjetas opacas de Caja Madrid, ¿qué falla en las Islas?

Tenemos un ejemplo que se ha demorado mucho, pero está saliendo que es el caso de Las Teresitas, ya estamos viendo el final de ese procedimiento. En cambio, hay otros procedimientos en la provincia de Las Palmas que se están demorando en exceso, desconozco las razones. Me llama la atención que algunos procedimientos como los que ha nombrado, que se suponen largos y complejos, están caminando hacia adelante. En el caso de las Islas, el Ministerio Fiscal ya ha formulado los escritos de calificación sobre las causas que comenta y sólo falta fijar día y hora.

¿La Fiscalía necesita refuerzos para investigar los casos de corrupción en las Islas?

En este momento no, pero hay que reflexionar sobre un defecto estructural de nuestra actividad, ante la necesidad de que algunos asuntos puedan ser llevados no sólo por un compañero, sino por dos o tres, sobre todo en macroprocesos, de forma que se permita la asistencia compartida a juicio y el intercambio de funciones de los fiscales. Hay que replantear una nueva estructura para que determinados asuntos puedan ser llevados no sólo por un fiscal, sino por dos o tres si fuera necesario, mientras otros fiscales atienden el quehacer diario.

Actualmente, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) debe resolver tres procedimientos importantes: una querella del exministro de Industria José Manuel Soria contra la juez Victoria Rosell; otra causa contra el magistrado Salvador Alba por una grabación de audio del dueño del Grupo Ralons y presidente de la UD Las Palmas, Miguel Ángel Ramírez; y una querella de Alba contra las juezas Rosell y Carla Vallejo. ¿Cómo ve este lío?

Es un tema judicializado. Afortunadamente funciona el Estado de Derecho. Tenemos ya tres procedimientos penales en el TSJC por la supuesta participación de magistrados en un hecho delictivo y será objeto de resolución por parte del TSJC. La Fiscalía actuará en todos los supuestos con el rigor necesario que sea preciso para que resplandezca el Estado de Derecho, para que surjan las responsabilidades que tengan que surgir, se archiven los procedimientos que tengan que archivarse o se persiga el delito que tenga que perseguirse. La actividad del Ministerio Fiscal va a estar orientada al cumplimiento estricto de la legalidad.

¿Qué imagen está dando la Justicia entre la ciudadanía con esta pugna entre magistrados y la intervención de un empresario?

No puedo opinar sobre este asunto concreto, ya que tengo que participar directamente en los procedimientos que sí son de mi competencia como fiscal ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJC. Creo que en general, no en este asunto, hay que buscar fórmulas para obtener la confianza del ciudadano, que se consigue con el rigor y la seriedad en nuestro trabajo. Todo lo que sea retraso excesivo o comportamientos que pongan en tela de juicio la actividad jurisdiccional genera una gran desconfianza en el ciudadano, algo que debe ser evitado por todos los que participamos en la Administración de Justicia.

¿El prestigio, la credibilidad y la honradez de jueces y fiscales están en entredicho?

Sociológicamente somos de las instituciones peor valoradas y no llegamos al aprobado ni raspando. Es una autocrítica importante que debemos hacernos todos los que participamos en la Administración de Justicia.

Parece que escándalos como el de Alba, Rosell y Ramírez no ayudan mucho.

Todo lo que genera una actividad que el ciudadano no valora como positiva genera desconfianza, pero afortunadamente estamos en un Estado de Derecho y existen resortes para procurar obtener la confianza del ciudadano.

No se recordaba un conflicto semejante desde el caso del expresidente de la Audiencia Provincial de Las Palmas José Antonio Martín Martín por asesorar a un narcotraficante.

Son hechos muy aislados. La Sala de lo Civil y Penal es la competente para la instrucción y enjuiciamiento de los delitos supuestamente cometidos por jueces y magistrados y fiscales. De la actividad que despliega anualmente, el 80% son querellas contra jueces, magistrados y fiscales y el resto son causas contra diputados regionales. Por ejemplo, si se incoan al cabo del año 30 diligencias previas, 20 son querellas contra jueces y magistrados, querellas que en los últimos años no ha prosperado ninguna, se han archivado porque son infundadas. Son muy pocos los casos donde se condena a un juez o magistrado como consecuencia de un delito cometido en el ejercicio de sus funciones. El anterior presidente de la Audiencia fue condenado por el TSJC y después absuelto por el Tribunal Supremo.

¿Entonces es muy probable que al final sean archivados estos tres procedimientos penales?

Sería una temeridad por mi parte hacer cualquier especulación.

¿Confía en que estas causas no se eternicen?

Confío plenamente en que los tres procedimientos deben resolverse en un tiempo más que prudencial. Respecto a dos de ellos [la querella de Soria contra Rosell y las diligencias abiertas contra Alba] el Ministerio Fiscal ha pedido la declaración de complejidad, que conlleva ampliar el plazo de instrucción 18 meses, ya que el informe pericial sobre la grabación aportada por el empresario consumió casi los seis meses propios de la instrucción. Es una circunstancia sobrevenida que debe dar lugar a una declaración de complejidad para que la instrucción pueda llegar a un máximo de 18 meses. Antes de que finalice ese plazo se puede volver a pedir una prórroga por otros 18 meses.

El exmagistrado de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón considera "legítimo" que Ramírez grabara la conversación que mantuvo con Alba en marzo, ¿está de acuerdo con eso?

No puedo opinar nada sobre la expresión que ha proferido Garzón.

¿Y sobre el hecho de grabar a un juez sin su consentimiento?

Desde el punto de vista legal, el hecho de grabar a una persona en una conversación, aunque la persona no la sepa, no está tipificado como delito. Al grabar a una persona subrepticiamente, de una manera escondida, no se está cometiendo ningún hecho delictivo.

¿Deberían ser apartados en sus puestos Alba y Rosell mientras les investiga el TSJC?

No puedo opinar. Es una decisión que le corresponde al Consejo General del Poder Judicial.

¿Los problemas entre la Fiscalía y Rosell están resueltos?

No existe ningún problema entre la Fiscalía y la magistrada Rosell. La Fiscalía ejerce su actividad y Rosell la suya. Existe un procedimiento en el plano de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa por la actuación de la Fiscalía, pero esa resolución fue recurrida en casación y será el Tribunal Supremo el que diga la última palabra respecto a la extralimitación o no de la Fiscalía y la vulneración o no de derechos fundamentales de Rosell.

La fiscal Eva Ríos denunció dos veces a Rosell por presuntas anomalías en su investigación a Ramírez, las quejas fueron archivadas y la primera fue al principio de la instrucción antes de que Rosell diera el salto a la política. También se ha denunciado una conspiración contra Rosell ¿está la Fiscalía en esta supuesta confabulación para perjudicarla?

En absoluto. La Fiscalía siempre ha ejercido el cumplimiento de su deber y sometida exclusivamente al imperio de la ley.

¿Los fiscales reciben muchas presiones en función de los casos? No es lo mismo una causa por corrupción que otra de menor entidad.

Yo puedo hablar de mí. Llevo desde 1982 como fiscal, nunca en mi vida he recibido ningún tipo de presión en ningún sentido respecto a cuál debe ser mi actuación. Si he calificado cualquier asunto del cariz que haya sido o si he solicitado el sobreseimiento de cualquier asunto, y he acertado o me he equivocado, ha sido con independencia. Nunca jamás en mi vida he recibido presiones por parte de nadie, ni de mi superior inmediato, ni cuando era fiscal de a pie, ni ahora que soy fiscal superior y mucho menos de personas ajenas a la propia carrera judicial. Jamás he recibido ninguna llamada de nadie, ni de empresarios ni de políticos.

¿Reciben los jueces y fiscales invitaciones para ir al palco de la UD Las Palmas?

Cada vez que hay un partido de la UD Las Palmas en esta temporada he recibido una invitación para asistir al palco, pero prefiero no ir, para mí es más prioritario otras actividades familiares. Imagino que la invitación va unida a la función institucional, no creo que los fiscales reciban ese tipo de invitaciones.

"Hay 10.000 casos que necesitan 18 meses más de instrucción"

  • En 2015 se incoaron 248.127 procedimientos penales, un 5,38% menos que en 2014 ¿a qué obedece esa reducción?Marca una tendencia de descenso iniciada en 2012. Esto no quiere decir que haya un descenso de la criminalidad, no analizo ese dato, sino que analizamos el aumento o reducción de la actividad procesal relacionada con la actividad delictiva. Es casi igual, pero no es lo mismo. Indudablemente un menor número de procedimientos penales debe indicar un menor número de delitos cometidos, pero no necesariamente ésa debe ser la proporción. ¿Por qué se ha producido la reducción? Pudiera haber incidido la reforma del Código Penal, que entró en vigor en junio de 2015 y que supuso la despenalización de algunas faltas y su transformación en delitos leves. En general, lo que ha ocurrido es que hay una menor actividad procesal en materia penal porque se han producido menos atestados y se han cursado menos denuncias.
  • En 2015 entraron en vigor diversas reformas penales y procesales, usted ha sido crítico con ellas ¿en qué fallan?La reforma de mayor trascendencia en la actividad del Ministerio Fiscal y la actividad judicial en el ámbito penal es la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. En concreto, la reforma del artículo 324 que establece un sistema de plazos para la duración de la instrucción de los procedimientos. La razón fundamental de mi crítica es que se trata de poner en manos del fiscal la iniciativa de la solicitud de complejidad de una determinada causa para, con eso, alargar el plazo de tramitación del procedimiento, pero el Ministerio Fiscal no tiene conocimiento directo de los procedimientos que tramita el juzgado. Durante este primer semestre ha habido que hacer una búsqueda de todas aquellas causas que desde tiempo inmemorial estaban en los juzgados y vencían a los seis meses, contando que la fecha de inicio era el 5 de diciembre del 2015. A los seis meses de esa fecha las causas tenían que estar terminadas, salvo que el fiscal interesase la declaración de complejidad. Ha habido que hacer una labor de búsqueda de procedimientos y actualizar su estado, ya que algunos archivados no se habían dado de baja en el programa informático.
  • ¿Cuántos expedientes han sido declarados complejos?Por encima de los 10.000 procedimientos en toda Canarias, en los que el periodo máximo de instrucción es de 18 meses y antes de que finalice ese plazo se puede volver a pedir una prórroga por otros 18 meses o un plazo inferior.
  • ¿Qué supone esa declaración?Se considera que la investigación es compleja cuando hay causas sobrevenidas en la instrucción que hace razonable pensar que no se va a poder cumplir el plazo de seis meses. Se debe a informes periciales que se retrasan, examen de abundante documentación o si se tienen que realizar actuaciones en el extranjero, entre otros motivos.

Compartir el artículo

stats