El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha despejado la juez Victoria Rosell la posibilidad de solicitar su personación como "víctima" en la causa abierta contra su colega Salvador Alba, en un auto que aclara una decisión anterior que la expulsaba de ese proceso.

La Sala de lo Penal investiga si Alba cometió delitos de prevaricación y negociaciones prohibidas a funcionarios al reunirse con el empresario Miguel Ángel Ramírez para hablar de una declaración que este tenía que prestar ante él, como instructor de una causa por fraude fiscal que había iniciado Rosell.

En esa reunión, presuntamente, Alba orientó a Ramírez sobre lo que tenía que declarar para perjudicar a Rosell -entonces diputada de Podemos en el Congreso- y favorecer las opciones de que el Tribunal Supremo admitiera una querella interpuesta contra ella por el ministro José Manuel Soria.

Rosell figuraba hasta hace unos días como perjudicada en ese procedimiento, pero la Sala de lo Penal aceptó los recursos de Salvador Alba y del fiscal superior de Canarias, Vicente Garrido, contra su personación y la expulsó del proceso.

Esa decisión se tomó en un auto que decía textualmente que "se vedaba" a Victoria Rosell la posibilidad de ejercitar acciones penales contra Alba en este procedimiento. La misma Sala que dictó esa medida admite ahora que la explicó de una manera confusa, porque literalmente da pie a entender que se impide a Rosell ejercer acciones penales contra Alba "por cualquier vía". El TSJC precisa que su decisión le prohibe seguir en la causa "como perjudicada", pero no le impide impulsar acciones penales contra Alba "como víctima o bien ejercitando la acción popular".

Sin embargo, esta última vía, por la que cualquier ciudadano, asociación o persona jurídica puede personarse en un procedimiento en el que no está afectado de forma directa, simplemente invocando la defensa de la ley y depositando una fianza, está prohibida a los jueces. Rosell sí podría solicitar a la instructora de la causa, Margarita Varona, que la reconozca como víctima de los delitos que se achacan a Alba, lo que le abriría los derechos previstos en la Ley 4/2015 del Estatuto de la Víctima del Delito. Entre ellos, figura el de "ejercer la acción penal y la acción civil conforme a lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal".