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Irregularidades en la contratación de los comedores escolares

Los centros de enseñanza obviaron los procedimientos legales para adjudicar el servicio. Educación puede haber incurrido en responsabilidad contable

Irregularidades en la contratación de los comedores escolares

La Audiencia de Cuentas de Canarias ha detectado irregularidades en la contratación de los servicios de comedores escolares durante los cursos 2012-2013 y 2013-2014. En concreto, el órgano fiscalizador de la Comunidad Autónoma ha puesto de relieve que en ambos períodos abundaron los casos de centros de enseñanza que no siguieron "procedimiento de contratación alguno" para adjudicar el servicio cuando su coste superó los 18.000 euros, contraviniendo así la ley de contratos del sector público.

En consecuencia, la institución que preside Rafael Díaz Martínez avisa que existe la posibilidad de que se haya incurrido en responsabilidad contable, algo de lo que tendría que responder la Consejería de Educación del Gobierno de Canarias y que corresponde ahora dilucidar al Tribunal de Cuentas.

El pleno de la Audiencia de Cuentas aprobó el último día 15, por unanimidad, su Informe de fiscalización de la financiación pública de los comedores escolares en el período 2012-2014, años en los que estuvo al frente de la Consejería de Educación el que fuera vicepresidente del último ejecutivo de Paulino Rivero, el socialista José Miguel Pérez, y exsecretario general del PSOE canario.

En su informe, el órgano dependiente del Parlamento regional descubre una serie de irregularidades que pone en evidencia el descontrol con que los centros de enseñanza, en general, contratan o contrataron en esos años los servicios de comedor.

La institución revela cómo no se siguió el debido procedimiento ni en uno solo de los casos analizados -alrededor de medio centenar- en que el gasto en el servicio de comedor superó los 18.000 euros. "En ningún caso se realizó procedimiento de contratación alguno para adjudicar el contrato, no teniendo constancia de la existencia de los pliegos de cláusulas reguladoras de la contratación ni de la exigencia de las preceptivas garantías al contratista", expone la Audiencia de Cuentas.

El órgano fiscalizador recuerda al respecto que cuando el gasto sobrepasa los 18.000 euros "deberá motivarse la adjudicación del contrato mediante uno de los procedimientos establecidos en la legislación de contratos del sector público".

Así, cuando el coste está entre los 18.001 y los 99.999 euros, caben las opciones del procedimiento abierto o restringido y la "excepcional" del procedimiento negociado, mientras que solo es posible la primera vía cuando el precio supera los 100.000 euros. Sea como sea, ni en un solo caso examinado se cumplió la ley, de modo que los centros, y en definitiva la Consejería de Educación -responsable última de las decisiones o actuaciones de aquellos-, pueden haber incurrido en responsabilidad contable, lo que tendrá que determinar el Tribunal de Cuentas.

Con todo, no es esta la única falta detectada por la Audiencia, que pone de manifiesto que "se desconocen, de forma general, los criterios definidos por los consejos escolares para la elección de la oferta más ventajosa". Además, hay seis casos en los que no se tiene constancia de la propuesta para designar la empresa finalmente adjudicataria del servicio; siete en los que el convenio se prolongó más allá de lo que permite la ley; y nueve en los que ni siquiera hay constancia del propio contrato.

El informe explica que el coste superó los 18.000 euros pero fue inferior a 60.000 para 19 de los colegios. Estos 19 centros, por tanto, pudieron haber optado por la vía excepcional del procedimiento negociado sin publicidad -lo que se permite precisamente si la cuantía es inferior a 60.000 euros- siempre que solicitaran "al menos tres ofertas".

Pues bien, "se presentaron menos de tres ofertas para 14 de los comedores que no superaron la cuantía de 60.000 euros en los cursos analizados", resalta la institución dependiente del Parlamento de Canarias.

El análisis muestra también que "no hay constancia" de que la Intervención General o la misma consejería "hayan efectuado algún tipo de control sobre los importes contabilizados por los propios centros tanto para los cursos fiscalizados como posteriores".

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