La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha trasladado una providencia por la que el tribunal accede a las solicitudes de comparecencia registradas tanto por la Fiscalía Anticorrupción y la acusación popular interesando la ejecución provisional de la sentencia dictada el pasado 27 de abril en relación al caso Las Teresitas, procedimiento penal en el que han sido condenadas seis personas, entre ellas el exalcalde nacionalista de la capital tinerfeña Miguel Zerolo y el exedil de Urbanismo Manuel Parejo, cada uno de ellos con penas de siete años de prisión y ocho años y nueve meses de inhabilitación por los delitos de malversación de caudales públicos y prevaricación administrativa.

La citada providencia señala que la comparecencia, conocida en el argot judicial como vistilla, se celebrará el próximo día 26 de mayo a las diez de la mañana y, previsiblemente, el acto será a puerta cerrada, que es lo habitual, según confirmaron fuentes de la judicatura.

La representación letrada que defiende los intereses del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, personado en esta causa para reclamar solo la responsabilidad civil de las actuaciones delictivas que pudieran derivarse de una condena, no ha solicitado que se ejercite ejecución provisional o cautelar de la sentencia hasta la fecha atendiendo los criterios señalados por la propia Corporación local que, a través de la concejal responsable de los Servicios Jurídicos, Marisa Zamora, ha señalado que "aún hay tiempo para solicitar la ejecución cautelar de la sentencia hasta que los recursos de casación que pretenden cuatro de los acusados sean admitidos a trámite por el Tribunal Supremo.

Como el Ayuntamiento no ha pedido penas de prisión par los acusados, solo la responsabilidad civil, Zamora señaló esta mañana que "la representación letrada del Ayuntamiento no tiene por qué comparecer dentro de una semana en esa vistilla al no haber pedido penas de prisión", afirmó.

La Fiscalía y la acusación popular, representada por la Asociación Justicia y Sociedad, presentaron el 2 de mayo sus escritos para solicitar la adopción de medidas cautelares ante el posible "riesgo de fuga y ocultación de bienes" de los condenados. El Tribunal puede dictar una medida cautelar privativa de libertad o restrictivas de la libertad, esto es, la prisión provisional, con o sin fianza, u obligar a los condenados a entregar el pasaporte y firmar apud acta los Juzgados cada 15 días.