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CC da pie sin querer a la investidura telemática y a distancia de Puigdemont

La enmienda que CC introdujo en el artículo 155 para limitar la intervención del Gobierno central en el 'Parlament' impide ahora a Rajoy frustrar el nombramiento

Momento de la firma de apoyo de CC a los presupuestos de Rajoy

Coalición Canaria podría ser responsable de forma indirecta de una hipotética investidura telemática y no presencial de Carles Puigdemont como president de la Generalitat. Las intenciones del dirigente independentista ahora autoexiliado en Bruselas están lejos de concretarse, pero lo cierto es que si en estos momentos tiene alguna posibilidad de conseguirlo es en parte gracias a CC, que sin pretenderlo podría haberle abierto esa puerta a través de una de las enmiendas que presentó en el Senado para la aplicación del artículo 155 en Cataluña cuando esta histórica medida se aprobó en la Cámara Alta el pasado 27 de octubre.

Los nacionalistas canarios apoyaron en ese momento las medidas del Gobierno para tratar de devolver la legalidad constitucional y estatutaria a esa comunidad autónoma tras la declaración unilateral de independencia proclamada por las fuerzas independentistas en el Parlament, pero exigieron que se retirara del texto gubernamental una medida que supeditaba todas las acciones parlamentarias a la autoridad estatal, y por tanto al Ejecutivo central, que pasaba a controlar la acción política e institucional en Cataluña hasta la constitución de una nueva cámara autonómica y el nombramiento de un nuevo Govern.

Esa propuesta de resolución de CC a las medidas aprobadas previamente por el Consejo de Ministros es la que impide ahora al presidente del Gobierno central, Mariano Rajoy, frustrar de forma directa y sin intervención previa del Tribunal Constitucional la posible investidura telemática y a distancia de Puigdemont.

Tribunal Constitucional

Este proceso está por ahora en manos de la Mesa del Parlament y no es seguro que los independentistas, con mayoría absoluta en la cámara y en el propio órgano parlamentario, acaben poniéndose de acuerdo para acceder a las pretensiones de quien lideró la lista de Junts per Cataluña en las elecciones del 21-D. Y se da por hecho en todo caso que el Gobierno central recurrirá al Tribunal Constitucional cualquier interpretación del reglamento del Parlament que vaya en esa dirección y habrá, por tanto, una suspensión cautelar pero inmediata de cualquier acuerdo al respecto. Pero la posibilidad que se ofrece en este momento a Puigdemont para esa investidura telemática tiene su origen en esa enmienda de CC a la aplicación del 155 en Cataluña.

Lo que en definitiva propuso CC, y le fue admitido por el PP y el PSOE, era retirar del texto original que aprobó el Consejo de Ministros para la aplicación del 155 dos párrafos en los que se aseguraba genéricamente que el Parlament de Cataluña "seguirá ejerciendo su potestad legislativa y de organización propia, si bien no podrá tramitar iniciativas contraria a las presentes medidas, ni a su presupuesto, objeto y finalidad".

Y para garantizar que dicha discrepancia no se iba a producir, el texto establecía que cualquier iniciativa parlamentaria estaría sometida a la vigilancia, control y autorización por parte de la "autoridad" designada por el Gobierno. Es decir, que en el caso de que la Mesa y el Parlament hubieran auspiciado una reforma del Reglamento de la cámara que autorizase la posibilidad de una investidura a distancia como la que ahora persigue Carles Puigdemont, su aprobación hubiese dependido directamente de Mariano Rajoy, obviamente en contra, no de lo que a tal efecto establezca el Tribunal Constitucional.

Separación de poderes

La enmienda de los dos senadores de CC, María del Mar Julios y Pablo Rodríguez, advertía así de que la capacidad que se arrogaba el Ejecutivo central para controlar el Parlamento catalán echaba por tierra la separación entre los poderes legislativo y ejecutivo y era por tanto anticonstitucional.

El texto de la propuesta había sido elaborado por el portavoz de CC en el Parlamento de Canarias, José Miguel Ruano, y venía a considerar básicamente que la Constitución ya prevé otro mecanismo de recurso contra decisiones de los parlamentos autonómicos que puedan ser considerados anticonstitucionales -como sería el caso de un cambio reglamentario en Cataluña que permita una investidura a distancia y no presencial del candidato- y que no cabe aplicar una medida extraordinaria como es el artículo 155 para un supuesto que la propia Carta Magna recoge de manera específica en su artículo 161.2, donde se establece además que la impugnación producirá la suspensión automática de la disposición o resolución recurrida, aunque el tribunal de garantías deberá ratificarla o levantarla en un plazo de cinco meses.

El herreño Pablo Rodríguez defendió la propuesta en su intervención ese día resaltando que "son mejoras con las que pretendemos poner en valor la necesaria separación de los poderes Legislativo y Ejecutivo y con las que consideramos que se salva el ápice de inconstitucionalidad que pueda tener el documento al que nos referimos".

La posición de Coalición en el debate en el Senado fue asumida por el PP y por el PSOE y aunque los dos votos canarios no eran necesarios se admitieron sus argumentos. De esta forma, los dos párrafos que liquidaban la separación de poderes en esa comunidad durante el tiempo en que estuviera en vigor el 155 desaparecieron del texto que finalmente fue aprobado en la Cámara Alta avalando la intervención estatal en Cataluña.

Fuentes de la formación isleña aseguran que la propia vicepresidenta del Gobierno central, Soraya Sáenz de Santamaría, les reconoció tras la votación en privado que tenían razón en sus apreciaciones y que, de no haber eliminado esos párrafos, la misma aplicación del 155 habría estado comprometida.

En todo caso, cabe recordar que hay en estos momentos un recurso de inconstitucionalidad contra esta medida estatal presentado por Podemos bajo el argumento de que el Gobierno de Rajoy ha hecho una utilización "fraudulenta" de dicho artículo al haber modificado el autogobierno de Cataluña con sus decisiones de disolver el Parlamento de esa comunidad autónoma y cesar al Govern en pleno.

El senador de CC que defendió en el pleno del 27 de octubre la enmienda al 155 asegura que la misma se presentó por iniciativa propia y sin tener nada que ver con el hecho de que tanto él como su compañera María del Mar Julios formen conjuntamente con los cuatros senadores del PdCAT el llamado Grupo Nacionalista, cuyo portavoz y por tanto uno de los firmantes de la enmienda es el independentista catalán José Lluis Cleríes.

Los cuatro senadores del PdCAT y los dos de CC acordaron formar grupo propio en septiembre pasado, tras una sentencia del Tribunal Supremo que así lo autorizaba, y para evitar quedar relegados al Grupo Mixto que entonces integraban junto a los senadores de Ciudadanos, Compromís, Foro, Bildu, UPN, Nueva Canarias y Agrupación Socialista Gomera.

La aplicación del 155 fue avalada por el Senado en una histórica votación en que la propuesta del Gobierno fue respaldada por 214 votos a favor, de PP, PSOE, UPN, Foro, Ciudadanos, CC y la senadora de ASG, Yaiza Castilla, frente a los votos en contra de Podemos, ERC, PdCAT, PNV y Bildu. La única abstención corrió a cargo de la senadora de NC, María José López Santana, mientras que los socialistas José Montilla y Francesc Antich optaron por ausentarse de la votación.

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