La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha planteado hoy una cuestión de constitucionalidad ante el Tribunal Constitucional para que analice el recorte salarial a los empleados de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), según fuentes jurídicas.

El Tribunal entiende que se han podido vulnerar los derechos de libertad sindical, negociación colectiva e igualdad de los 1.700 empleados públicos de ese organismo, en un auto conocido hoy que podría extender sus efectos al resto del colectivo.

Entre otras cuestiones, los jueces concluyen que no se cumplen los requisitos de "idoneidad, necesidad y proporcionalidad" en el trato diferenciado entre empleados públicos de diferentes empresas y abogan por excluir a todo el colectivo del personal laboral del recorte aprobado.

El pasado 7 de octubre, la Audiencia Nacional abrió una vía procesal para estudiar la posible inconstitucionalidad del decreto Ley de 20 de mayo sobre Medidas Extraordinarias para la reducción del déficit público, que incluye un recorte salarial medio del 5% a los empleados del sector público.

De esta forma, el tribunal admitió la demanda de conflicto colectivo que presentaron los sindicatos UGT, CCOO y el SATNP de la FNMT contra el Ministerio de Economía y Hacienda, la Confederación Sindical Independiente de Funcionarios (CSIF) y el Comité Intercentros de la FNMT.

La Audiencia dudaba entonces de la constitucionalidad de la nueva redacción de los artículos 22, 4 y 25 de la Ley, porque podría afectar al contenido esencial del derecho a la libertad sindical y a la negociación colectiva.

En un auto notificado hoy, la Sala explica que la cuestión de constitucionalidad es el único instrumento que tienen los jueces para dirimir de oficio si una ley respeta la Constitución.

Los magistrados recuerdan que no corresponde al tribunal juzgar si el Gobierno actuó de forma oportuna, pero añaden que están obligados a valorar si concurrían o no las razones de extraordinaria y urgente necesidad para la adopción de este tipo de medidas, que podrían haber entrado en colisión con el contenido esencial del derecho a la negociación colectiva, que forma parte del derecho fundamental de libertad sindical.

Tras dejar claro que el régimen de los funcionarios es diferente del de los empleados públicos, la Audiencia Nacional entiende, además, que entre éstos se ha producido "trato diferenciado" al excluir del recorte salarial al personal laboral no directivo de RENFE, ADIF y AENA, lo que ha podido vulnerar el derecho a la igualdad.