| Graves. La Ley de Infracciones y Sanciones de Orden Social recoge como infracciones muy graves, que acarrean la supresión de la prestación por desempleo, la actuación fraudulenta con el fin de obtener prestaciones indebidas, compatibilizar el cobro de prestaciones o subsidios con trabajo por cuenta ajena o propia y la connivencia con el empresario para la obtención indebida de prestaciones de la Seguridad Social. Las graves son: la negativa a realizar trabajos de colaboración social o rechazar una oferta de empleo adecuada, entre otras.

| Leves. Como infracciones leves, que acarrean la pérdida de un mes de la prestación, figuran la no renovación de la demanda, no comparecer a requerimiento del Servicio Público de Empleo Estatal o Autonómico, la no devolución del justificante de comparecencia a una oferta de empleo y el incumplimiento del compromiso de actividad.