- ¿Cuáles han sido las claves para que la sentencia fuese favorable al matrimonio de jubilados?

- La clave ha sido el perfil de las personas. Sobre todo mostrar a su señoría quiénes eran y qué experiencia tenían. Fue clave que el juez viese delante de él a este jubilado y que no tenía perfil inversor ni conocimientos para comprar preferentes. Y luego, claro, ver la inexistencia de información. La entidad financiera tuvo que probar la información que dio, que se ha demostrado que no existió.

- Hay planteadas demandas colectivas por este asunto. ¿Qué diferencia hay con una individual?

- La clave de la demanda es el defecto de información. El producto en sí no es pernicioso, lo que es pernicioso es a quién lo venden y cómo se vende. Y no es lo mismo demostrar todos los elementos que es preciso demostrar con una persona que hacerlo con cincuenta, o cien o mil, si es una demanda de carácter colectivo.

- ¿Si pierde uno pierden todos?

- Ese es el problema, que arrastran al resto que están limpios y que, efectivamente, no sabían lo que estaban firmando o no lo firmaron. Y se corre el riesgo de que la entidad logre una sentencia absolutamente absolutoria. Tienes que explicar al juez ese defecto de información caso por caso.

- ¿Cómo se ha testificado en esta ocasión?

- El juez pregunta quién es usted, qué ha estudiado, dónde ha invertido. Te pregunta todas esas cosas para demostrar que ha existido vicio de consentimiento. Miran hasta lo último justamente por esa defensa que intenta articular la entidad financiera. Es muy complicado ir en grupo.

- ¿Esta sentencia puede abrir puertas a otros afectados?

- En Ausbanc [Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios] casi siempre hemos ido por la vía de la nulidad contractual. Este caso ha sido distinto porque va por la vía de la indemnización. Es verdad que abre una nueva línea de actuación. No solo para declarar la nulidad del producto como inexistente, porque muchas veces sus señorías no entran a valorar algunas cosas porque sí hay firma de los afectados. Pero lo que se está viendo es que podemos, gracias a esta sentencia, entrar por otra vía.

- El resultado es el mismo.

- Efectivamente, te devuelven todo. Es una sentencia de una Audiencia Provincial, entonces crea jurisprudencia menor. Para que tenga más consistencia debería tener jurisprudencia en plaza. ¿Qué quiero decir? Que hubiese dos o tres sentencias más. Entonces sí sería vinculante para todos los afectados. Pero es cierto que cuando tú haces una demanda normalmente recoges lo que ya se ha dictado, eso puede ayudar, y en este caso sí se puede usar para fundamentar otras demandas.

- ¿Cómo se inició la demanda de este matrimonio?

- Ellos habían hecho las primeras reclamaciones en la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Fueron asesorados por su hijo, que era quien mandaba las cartas. Pero claro, en las redacciones había problemas porque, obviamente, no son personas con conocimientos técnicos. Pero sí lograron una resolución de la CNMV bastante favorable, marcaba ya la posibilidad de un defecto de información. Ellos conocían a Ausbanc, vimos el expediente, analizamos cuál era el perfil y tiramos para adelante.

- ¿Cuánto cuesta ir por la vía individual? ¿Merece la pena?

- El coste es el que establecen las tarifas del colegio de abogados donde se vaya a interponer la demanda. Ahora, no es lo mismo una demanda por una participación preferente de 6.000 euros y una de 200.000. Existe un riesgo que hay que analizar para ver si se puede asumir. Pero acudir a la vía judicial individualmente es utilizar las mejores bazas para intentar recuperar tu dinero.