La Agencia Tributaria ha ampliado hasta el 31 de marzo la petición de las nuevas deducciones en el IRPF para familias numerosas y con discapacitados, que tendrán un mes más para solicitar el cobro anticipado de dichas ayudas desde el mes de enero y a razón de 100 euros mensuales, según publica este jueves el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El plazo para cobrar las ayudas desde enero para aquellas familias que hubieran generado el derecho desde ese mismo mes acabó el 28 de febrero, pero Hacienda ha decido ampliarlo un mes más, hasta el 31 de marzo, de tal manera, que aquellos contribuyentes que soliciten las deducciones antes de esta fecha cobrarán la ayuda de enero, febrero y marzo de manera conjunta y, a partir de ahí, la percibirán a mes vencido.

Las familias que, en cambio, soliciten el cobro anticipado posteriormente al 31 de marzo podrán recibir la deducción de forma anticipada, pero únicamente por los meses a partir del momento en que lo pidan pero no desde el mes de enero.

Por su parte, quienes no soliciten el cobro anticipado tendrán que esperar a realizar la declaración de la renta de 2015 el próximo año para recibir de manera conjunta los 1.200 euros o 2.400 euros (en el caso de familias numerosas especiales).

Estas nuevas deducciones en el IRPF, también conocidas como 'impuestos negativos', se han ampliado a familias monoparentales con, al menos, dos hijos y a los pensionistas o parados con prestación por desempleo que tengan a su cargo una familia numerosa o personas con discapacidad, según anunció el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en el Debate sobre el estado de la Nación. Para estos nuevos colectivos beneficiarios, el plazo de solicitud del cobro anticipado comenzó el pasado 9 de marzo.

La solicitud del pago anticipado se puede realizar de manera individual o colectiva, en su caso, mediante la presentación del modelo 143, por cada una de las deducciones a las que tengan derecho los beneficiarios. Las deducciones son acumulables y se calculan de forma proporcional al número de meses en que se cumplan los requisitos.

Corregir errores

Los solicitantes que en meses anteriores hayan presentado con errores formales el modelo 143 de solicitud de pago anticipado podrán agilizar el cobro subsanándolos por internet o por teléfono, o solicitando cita previa por internet en atención personalizada en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Cuando se trate de completar una solicitud ya presentada, el defecto formal se puede solventar accediendo con 'Cl@ve', 'PIN 24 horas' o certificado electrónicos de los beneficiarios que deben adherirse al trámite 'Adhesión a solicitud colectiva (resto de solicitantes)'.

Para el caso de consignación incorrecta de beneficiarios, el solicitante podrá dar de baja la solicitud y presentar una nueva. Para ello, debe entrar en el trámite 'Consulta de detalle y tramitación' y, en el apartado de 'Servicios Disponibles', entrar en la opción 'Baja de solicitud', y después presentar una nueva.