El Tribunal Supremo (TS) desestimó ayer los recursos interpuestos por Bankia contra dos sentencias que decretaron la nulidad de los contratos de compra de acciones emitidas por la entidad, porque hubo error en el consentimiento al existir desfase entre las cifras del folleto informativo y las reales. La sentencia de la Sala de lo Civil del Alto Tribunal obligará a la entidad a devolver el dinero de dos suscriptores de su oferta pública de acciones, y abre la vía a miles de nuevas reclamaciones.

Las audiencias provinciales de Asturias y Valencia anularon la compra de las acciones por parte los clientes, al estimar que el folleto informativo de la salida a bolsa, que tuvo lugar en julio de 2011, no reflejaba la situación económica real de la entidad y el Alto Tribunal les da la razón.

Además, en su sesión plenaria de ayer, el TS también se pronunció acerca de la prejudicialidad y rechazó que la causa penal pendiente ante la Audiencia Nacional pueda paralizar las reclamaciones individuales por la vía civil. De esta forma, el Supremo rechazó los argumentos de Bankia y mantiene abiertas las causas en los distintos juzgados españoles a raíz de las demandas de los pequeños inversores y ratifica las decisiones adoptadas por los tribunales civiles, que hasta el momento, estaban fallando a favor de los inversores.

En su recurso, la entidad solicitaba que la sentencia fuese revocada al no justificar "de forma suficiente y adecuada" la falta de veracidad de la información del folleto de la Oferta Pública de Suscripción (OPS) que, según Bankia, cumplía con la normativa vigente.

Asimismo, Bankia insistió en que los inversores adquirieron las acciones con independencia de la información del folleto, por lo que "incluso suponiendo que la situación no hubiese sido la descrita", habrían firmado igualmente.