El Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid ha declarado la nulidad de las cláusulas suelo fijadas por 40 bancos y cajas por su "falta de transparencia" y ser "abusivas". Las entidades condenadas deberán, pues, eliminarlas de sus contratos y cesar de su utilización. Les obliga, además, a devolver a los hipotecados las cantidades "indebidamente" abonadas desde el pasado 9 de mayo de 2013, con los intereses que legalmente correspondan.

De esta forma, los hipotecados implicados podrán beneficiarse de la caída histórica del euríbor -principal índice de referencia para la mayoría de las hipotecas- ante el contexto de bajos tipos de interés, que ha hundido el índice a tasas mensuales negativas desde el mes de febrero.

Según ha explicado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en un comunicado, la magistrada titular del juzgado, Carmen González Suárez, estima así parcialmente la macrodemanda interpuesta por Adicae en representación de 15.000 afectados y que en principio se dirigía contra 101entidades, pero que las fusiones acometidas en los últimos años en el sector bancario para afrontar la crisis ha dejado en 40. Son: Cajasiete, Bankia, Caixabank y Barclays, Liberbank y Banco Castilla la Mancha, Kutxabank, Cajasur, Caja de Ontiyent, Caja Rural de Zamora, Caja Rural de Asturias, Caja Rural de Extremadura, Caja San Vicente Ferrer, BMN, Caja Rural de Betxi, Caja Rural Central, Caja Rural de Jaén, Unicaja-Ceiss, Caja rural de Torrent, Ipar kutxa, Caja Rural del Sur, Caja Rural de Granada, Caja Rural de Albacete, Nueva caja Rural de Aragón (Bantierra), Caja de Arquitectos, Caja Soria, Caja Almendralejo, Caja Rural de Teruel, Caja Rural Gallega, Caja Rural Navarra, Caja Rural de Castilla la Mancha, Caja Rural de Burgos, Cataluny Banc y Banco Etcheverria, Banco Sabadell, Banca Pueyo, Banco Caminos, Ibercaja, Banca March, Banco Santander, Banco Popular Español, Targobank, Credifimo y Celeris.

La sentencia llega después de que el pasado mes de enero el Supremo ya anulara las cláusulas suelo del Popular, también por "abusivas", y de que el 9 de mayo de 2013 también se condenara al BBVA, Cajamar y Abanca. Esta última fecha es que se toma como doctrina.

Las cláusulas suelo anuladas por esta nueva decisión judicial carecen, según argumenta la juez, de transparencia. La magistrada señala que los límites a la caída del euríbor se insertaban en las condiciones generales de las hipotecas ofertadas a interés variable "sin que se resaltase la importancia de la inclusión de la cláusula" por parte de la entidad. Esta circunstancia, señala la sentencia, frustraba las expectativas de los hipotecados, puesto que al creer que suscribían un préstamo hipotecario a interés variable descubrían "sorpresivamente" una cláusula que les impedía beneficiarse de las bajadas registradas en el índice de referencia.

Por otra parte, la juez ha desestimado la pretensión de Adicae de que las cláusulas suelo no respeten el "equilibrio de las obligaciones y derechos del contrato" y modifiquen la naturaleza de las hipotecas. Del mismo modo, la juez ha rechazado íntegramente la demanda presentada por la asociación de usuarios contra BBVA, Abanca y Cajas Rurales Unidas.