A la hora de realizar la declaración de la renta, existen una serie de consejos que pueden ayudarte a conseguir un ahorro importante. Estas pautas permitirán además a los contribuyentes obtener un mejor rendimiento a sus rentas y capitales.

Estas son algunas de las maneras con las que podrás pagar menos en la declaración de la renta:

Pensiones alimenticias

Las personas que tengan que pasar una pensión alimenticia o compensatoria a su ex cónyuge podrán reducir esa cantidad de dinero de las remuneraciones por las que tenga que tributar en la declaración de la renta.

Primero se aplican a la base imponible general, que no podrá resultar negativa como consecuencia de estas reducciones. De existir remanente, reducirá la base imponible del ahorro, que no podrá resultar negativa como consecuencia de estas reducciones.

Deducciones por el alquiler

La última reforma fiscal eliminó la deducción por alquiler para inquilinos, con independencia de su edad o sus ingresos. Sin embargo, seguirán disfrutando de ella quienes cuenten con arrendamientos firmados antes del 1 de enero de 2015, siempre que mantengan en vigor el mismo contrato y sus ingresos anuales sean inferiores a los 24.107 euros.

Por el contrario, los arrendadores mantienen la desgravación del 60% de sus ingresos, que será fija e independiente de la edad del inquilino. En la última campaña de la renta este porcentaje llegaba al 100% si el inquilino era menor de 30 años.

Reducciones por las aportaciones a planes

En la declaración de la Renta 2015/2016 los titulares de pensiones sólo podrán pagar un máximo de 8.000 euros menos en su declaración. Esa cifra se situaba en la anterior declaración en 10.000 euros. Aun así, esta deducción no podrá superar el 30% de las actividades económica y rendimientos de trabajo.

En este apartado también se incluyen los planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y las primas satisfechas a seguros privados que cubran exclusivamente el riesgo de dependencia severa o gran dependencia. Otros planes como el plan PIVE también deberán declararse, aunque no supone ningún beneficio extra para los contribuyentes.

Reducción por tributación conjunta

Las declaraciones de la renta conjuntas de unidades familiares (integradas por ambos cónyuges, separados o no, y los hijos menores o los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente) la base imponible se reduce en 3.400 euros anuales.

En las declaraciones conjuntas de unidades familiares monoparentales (por la padre o la madre, separados legalmente o cuando no existía vínculo matrimonial, los hijos menores o los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente) la base imponible se reduce en 2.150 euros al año.

Deducción por vivienda habitual

La desgravación por vivienda habitual es la que beneficia a más contribuyentes (casi cinco millones de personas). Esta reducción de la declaración de la renta sólo puede aplicarse a aquellos que compraron su vivienda antes del 1 de enero de 2013, quienes podrán beneficiarse de una rebaja fiscal de un máximo de 9.040 euros.

Las donaciones

Las donaciones a ONG, fundaciones, entidades religiosas y demás asociaciones sin ánimo de lucro desgravan en la declaración de la renta. En la Renta de 2015/2016 se suprimen las cuotas de afiliación y las aportaciones a partidos políticos. En su lugar se ha creado una deducción del 20% sobre las cuotas de afiliación a federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores.

Gastos en defensa jurídica

En la declaración de la renta de 2015, los costes judiciales incurridos en un proceso relacionado con el trabajo se reducirán de la base imponible. Esta reducción será de un máximo de 300 euros.