¿Qué deben hacer las empresas para no ser sancionadas?

Bien una auditoría, o bien poner en marcha un sistema de gestión energética ISO 50.001. Si se decantan por la primera vía, deben cumplir unas directrices mínimas fijadas en el propio real decreto: justificar como mínimo el 85% del consumo de energía y repetirla de forma recurrente cada cuatro años.

¿Están al corriente los empresarios de estas obligaciones?

Lo primero es contextualizar en el tiempo este real decreto y hay que decir que llega con retraso. Deriva de una directiva europea de 2012 que se aprobó dentro de esa estrategia de llegar a 2020 habiendo reducido el 20% la emisión de gases de efecto invernadero, tener en el sistema eléctrico un 20% de generación con fuentes renovables y aumentar un 20% la eficiencia energética. Ese es un compromiso que los estados miembros de la Unión Europea (UE) deben cumplir y, como decía, llegamos tarde en lo que respecta a estas auditorías.

¿Irremediablemente tarde?

No, las empresas canarias tienen la oportunidad de poder ahorrar en costes energéticos y contribuir así a la conservación del medio ambiente. Es verdad que el real decreto tendría que haber salido hace dos años, pero estábamos todos atentos al momento en que viera la luz.

¿También las empresas pequeñas están obligadas?

Se toman las empresas como grupos consolidados, es decir, si una pequeña forma parte de una estructura de mayor tamaño, que supera los parámetros que obligan a realizar la auditoría, tiene que hacerla.

¿Qué coste medio tiene?

En DISA Servicios Energéticos entendemos que no puede tenerse por un gasto, aunque pueda parecerlo. Nosotros lo vemos como una inversión, porque creemos firmememente que los ahorros que genera la auditoría provocan una fácil amortización. Haciendo un esfuerzo de cálculo, porque el coste varía muchísimo según el tamaño del edificio, su antigüedad, el tipo de actividad que se realiza, si hay más de un centro de trabajo..., estimamos que para una empresa de servicios con un solo edificio puede oscilar entre 4.000 y 7.000 euros.

¿Cómo se realiza la auditoría?

Nosotros, además de la auditoría, podemos hacer un traje a medida para cubrir las obligaciones que marca el real decreto, suministrar los productos para implementarlo y garantizar que todo el proyecto está cubierto con la auditoría.

¿Temen un tapón de última hora?

Esperemos que no todas lo dejen para el final. El plazo para certificar la realización de la auditoría registrándose en la comunidad autónoma está abierto hasta el 13 de noviembre. Para entonces se habrán cumplido nueve meses desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del real decreto. Además, ha habido quienes han sido previsores y ya se han puesto al día, el real decreto admite las auditorías que se han realizado después de 2012.

¿En cuánto tiempo puede realizarse la auditoría?

De nuevo la casuística es amplísima. Si tomamos una empresa de servicios con un solo edficio, estaríamos hablando de un mínimo de un mes o mes y medio.