El Tribunal Supremo ha obligado al presidente de Ausbanc, Luis Pineda, a publicar en Twitter durante 30 días el fallo de la Audiencia Provincial de Sevilla que condenó a éste por intromisión ilegítima en el derecho al honor del portavoz de la organización de consumidores Facua, Rubén Sánchez.

Pineda se encuentra en prisión incondicional desde el pasado mes de abril por su supuesta implicación en la trama de extorsión a bancos y empresas que investiga el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz.

La Sala de lo Civil del Alto Tribunal rechaza el recurso de casación presentado por Pineda contra la decisión adoptada el pasado 8 de septiembre de 2015 por el juzgado sevillano. De este modo, ratifica esta sentencia de primera instancia que ordenaba "publicar el fallo de la sentencia a través de la cuenta de Twitter del demandado, mediante la transcripción del fallo en un tuit usando una herramienta creada al efecto para aumentar el número de caracteres permitidos".

Siguiendo la petición de Sánchez, la Audiencia de Sevilla ordenó a Pineda a publicar en Twitter este fallo "durante 30 días en el horario de mañana o tarde". Por otro lado, Pineda deberá indemnizar a Sánchez con 4.000 euros y borrar los 57 tuits objeto de la demanda.

Según cuenta la sentencia del Supremo, el presidente de Ausbanc tildó a Sánchez, a través de la red social, de "golfo", "imbécil" y "corrupto" y le acusó de emitir facturas falsas a cargo de desempleados andaluces. Pineda alegaba en su escrito de recusación que sus expresiones están amparadas por la libertad de expresión e información y que, por tanto, no son "insultantes, ni vejatorias". Sin embargo, el tribunal señala que sí que son "objetivamente vejatorias e innecesarias" para efectuar una crítica el recurso y que se ha incurrido en la intromisión del honor de Sánchez.

El Alto Tribunal recalca que toma esta decisión teniendo en cuenta su propia jurisprudencia en la que "solamente" prevalece el derecho a la información y la libertad de expresión sobre el derecho al honor y a la intimidad "cuando la noticia es veraz y no se emplean expresiones ultrajantes ni ofensivas, o innecesarias para la noticia (...)".