El Gobierno central ya ha enviado a las comunidades autónomas los principales aspectos del reglamento que desarrolla el real decreto sobre el bono social en la contratación con las compañías eléctricas. Entre sus novedades, se contempla la creación de la categoría de "hogares vulnerables severos", que estarán más protegidos y se beneficiarán de un descuento más elevado que los consumidores vulnerables.

Según la nota emitida por el Ministerio de Energía, el borrador establece un mecanismo más eficiente, basado en criterios de renta de la unidad familiar. De ese modo, se crean diferentes categorías para los hogares vulnerables de acuerdo a unos umbrales de renta establecidos mediante el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem), que se ampliarán para una serie de circunstancias especiales (como el grado de discapacidad, entre otras) basadas en variables de carácter socioeconómico.

En cuanto a los cortes de suministro, el texto obliga a las comercializadoras a comunicar a los consumidores los impagos desde el primer momento que sucedan. Tras ello, reclamarán fehacientemente el pago, ya sea por correo certificado, por burofax o telemáticamente con firma electrónica. Si ni así consiguen entregar la reclamación, se prevé una segunda utilizando vías alternativas de notificación. Antes de cortar la luz, deberán realizar una tercera y última reclamación.

Con carácter general, a los dos meses de realizar la comunicación podrán cortar el suministro. Sin embargo, el plazo es de cuatro meses para quienes puedan acogerse al bono social.