El Consejo General de la Abogacía Española ha presentado este jueves ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo un recurso contra el acuerdo del 25 de mayo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), por el que se atribuye a determinados juzgados la competencia exclusiva en materia de cláusulas suelo.

El máximo órgano de gobierno de los jueces acordó el mes pasado la especialización de 54 juzgados para resolver los litigios por hipotecas -uno por provincia en la Península y uno en cada una de las principales islas de los archipiélagos canario y balear-, que se pusieron en marcha el 1 de junio. En la mayoría de casos, los asuntos recaen en jueces recién salidos de la escuela de formación.

En Canarias, la juez adscrita al Juzgado de Primera Instancia número 6 de la capital grancanaria, Yanira González, la juez Elisa Soto en el Juzgado número 1 de La Laguna, y Raquel Rivero, en el juzgado número 1 de Arrecife, son las encargadas de resolver las demandas de cláusulas suelo, vencimiento anticipado, intereses moratorios, gastos de formalización de hipotecas e hipotecas multidivisa.

El mismo día en que se estrenaron los juzgados especializados, los miembros de las Juntas de Gobierno de los 83 Colegios de Abogados de toda España se concentraron en un pleno extraordinario en Granada para mostrar su disconformidad y rechazo al plan del CGPJ, al considerar que "agrava el problema" que trata de solucionar, puesto que muchos de los juzgados designados carecen de capacidad para absorber las demandas que se concentren como consecuencia de este acuerdo, con lo cual los ciudadanos no podrán resolver sus conflictos en un tiempo razonable.

En su recurso, la Abogacía reclama como medida cautelar la suspensión del acuerdo del Poder Judicial "para evitar que se consoliden situaciones jurídicas procesales de difícil o imposible reparación, como puede ser que se tramite por un órgano judicial incompetente un proceso civil en materia de cláusulas suelo".

Añade, a través de un comunicado, que el acuerdo del CGPJ altera el derecho al juez predeterminado por ley reconocido en el artículo 24.2 de la Constitución, ya que "impide que los jueces competentes con arreglo a los criterios legalmente establecidos tengan conocimiento de los litigios sobre materia hipotecaria".

La Abogacía subraya que la determinación del juez que ha de conocer de un asunto corresponde a la ley y "no es admisible constitucionalmente la existencia de jueces excepcionales o especiales".

Falta de medios y presupuestos

Además, critican que el acuerdo del CGPJ se ha adoptado sin la necesaria dotación de medios ni presupuestos por parte del Estado y las comunidades autónomas con las competencias transferidas, lo que "está provocando graves disfunciones". Aparte del riesgo de colapsar los juzgados designados, se desaprovecha la potencialidad de juzgados de partido con capacidad para asumir estos asuntos, avisan.

En esta línea, el decano del Colegio de Abogados de Las Palmas, Rafael Massieu, afirmó que con estos juzgados únicos "de alguna manera se favorece a las entidades crediticias", ya que tardarán más en abonar la cuantía que corresponda a los demandantes. Advirtió de que "estos juzgados no están suficientemente dotados, lo que va a significar un retraso considerable en la obtención de una resolución".

En ello coincidió su homólogo en Santa Cruz de Tenerife, José Manuel Niederleytner, que alertó del perjuicio al ciudadano, pues "verá que los procedimientos van a quedar empantanados debido a la multitud de demandas que tendrá que analizar sólo un juzgado".