Algo más de 32.000 trabajadores autónomos de la Comunidad Autónoma han quedado excluidos de las principales medidas de la nueva ley que regula la actividad y que el Senado aprobó por unanimidad el pasado día 11. El empleado por cuenta propia que en su día optara por constituir una sociedad mercantil no podrá compatibilizar la pensión con la actividad, una de las disposiciones estrella de la nueva normativa pero no la única que excluye, de facto, a este tipo de autónomo.

Si en general la nueva ley del trabajo autónomo dejó un sabor agridulce en las organizaciones del sector, el gusto es definitivamente amargo en el caso de una parte importante de estos trabajadores, los llamados autónomos societarios. En el Archipiélago integran esta particular división de los trabajadores por cuenta propia un total de, exactamente, 32.034 personas, según los últimos datos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, que dirige Fátima Báñez. Son, por tanto, un 26,6% de los prácticamente 120.000 afiliados al RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) que hay en la región. Así pues, uno de cada cuatro autónomos canarios no podrán exprimir al máximo los beneficios de la nueva ley por haber decidido constituirse como sociedad mercantil.

Dos son los beneficios fundamentales de la nueva normativa que han quedado vedados a los autónomos societarios. Por un lado, no tendrán en el futuro la posibilidad de alargar su actividad y compatibilizarla con el cobro íntegro de su pensión -siempre que tengan al menos a un trabajador a su cargo-; por otro, quienes decidan emprender su labor profesional por cuenta propia deben saber que en caso de constituirse en forma de sociedad mercantil no pueden disfrutar de la tarifa plana de 50 euros en la cuota a la Seguridad Social durante el primer año de actividad, una medida que inicialmente se extendía por un período de seis meses y que luego se alargó.

Una de las excepciones que más controversia ha generado es la de la imposibilidad de que el autónomo societario compatibilice pensión y actividad, fundamentalmente por el hecho de que la mayoría tiene empleados en la plantilla de su empresa, de modo que permitirles alargar su actividad es en muchos casos sinónimo de alargar también la de sus empleados. No en vano, esos 32.000 autónomos canarios representan también 32.000 pequeñas y medianas empresas -ferreterías, tiendas de informática, fruterías...-, en su amplia mayoría con un rango de entre uno y dos empleados, en muchos casos en la figura de autónomos colaboradores, según explican fuentes de la Asociación de Autónomos.

De hecho, bajo la figura de autónomos colaboradores -una de las más desconocidas del régimen de los empleados por cuenta propia- hay actualmente en el Archipiélago un total de 6.980 empleados.

Desde las asociaciones profesionales vienen insistiendo en que lo que gana un autónomo societario cuando opta por la vía mercantil es seguridad jurídica pero, sin embargo, cotiza como el resto de autoempleados. No obstante, esta insistencia no ha evitado que, en muchos casos, el Gobierno los haya relegado al olvido, lo que ocurrió también con la tarifa plana, que ni inicialmente ni ahora cuando se extiende a un año permite a los autónomos societarios su disfrute. Tan es así, que ya hay trabajadores por cuenta propia que han decidido recurrir ante los tribunales por lo que entienden una discriminación sin justificación alguna. De momento, el mayor número de casos se ha dado en la Comunidad de Madrid, que es precisamente la que acumula el mayor número de trabajadores de este tipo y, por tanto, el mayor número de casos judicializados.