"De acuerdo con la teoría de la relatividad especial, entre el pasado y el futuro de un evento hay un territorio indeciso: un presente expandido. Este territorio temporal intermedio es imposible de percibir sensorialmente, pero se puede representar conceptualmente y, desde luego, existe. En Derecho, también", explican desde Lagares Abogados, bufet que provee servicios jurídicos en las Islas Canarias, con particular énfasis en el derecho de empresa , en su más amplio sentido.

"El ordenamiento jurídico es para la empresa un territorio circundante, el lugar en que se mueve: junto al mercado, constituye su hábitat. En las sociedades modernas, además, el ordenamiento jurídico se expande permanentemente. Hay normas para todo", añaden, "desde lo más general (las reglas contractuales, el régimen tributario, la legislación administrativa) hasta lo más específico (la normativa técnica sectorial). Y el proceso no para, avanza al paso de la sofisticación y tecnificación de una sociedad".

"Hay poco que pueda hacer la empresa que no entre en contacto con el derecho. Característicamente, las empresas se exponen a riesgos legales cuando deciden emprender una acción -introducir un producto en el mercado, adquirir un activo-. Normalmente la empresa se asesorará por un profesional antes de hacerlo. Pero también existen riesgos legales derivados de lo hecho en el pasado. Esta es la experiencia más común para el asesor externo de la empresa: el riesgo legal potencial ya es realidad, ya ha ocurrido, y se consultan soluciones, se articula una defensa. Cualquier abogado ha de convivir con la sensación de que se podía haber evitado este trance".

"Y finalmente, y eso es a lo que vamos, existen riesgos legales que la empresa tiene, todavía no han ocurrido, pero la empresa no sabe que existen. Es decir, una suerte de presente expandido, potencialmente amenazador".

Desde Lagares Abogados recuerdan que "cuando en Estados Unidos entendieron que semejante incertidumbre es inaceptable, pues podría comprometer a la empresa en su conjunto -bet-your-company-, se empezó a construir, usando metodología propia de la gestión de procesos de calidad, una teoría y praxis de evaluación, evitación y moderación de riesgos legales. En eso consiste el Compliance, o cumplimiento normativo".

"En España el proceso de adopción de la cultura de cumplimiento normativo se ha acelerado por dos acontecimientos recientes. En primer lugar, la reforma del Código Penal, que instaura la responsabilidad penal de la persona jurídica al lado de la tradicional responsabilidad civil, pero al tiempo permite que una práctica efectiva de Compliance en el seno de la empresa valga como eximente o atenuante. En segundo lugar, la interpretación que de la reforma realiza la Circular 1/2016 de la Fiscalía General del Estado, cuando señala, por ejemplo, que "el objeto de los modelos de organización y gestión [Compliance] no es solo evitar la sanción penal de la empresa sino promover una verdadera cultura ética corporativa".

"Entonces, de repente, lo que resulta una buena práctica empresarial, de sentido común, como es establecer sistemas que permitan detectar anticipadamente y evitar riesgos legales, se convierte en algo imperativo. Piénsese, por ejemplo, que el Código Penal establece penas para la persona jurídica que pueden alcanzar la suspensión de actividades o, incluso, la disolución forzosa de la sociedad. Y si existe un sistema de cumplimiento normativo implantado y efectivo, se pueden evitar esas penas: en realidad, ni siquiera llegará a plantearse la cuestión, porque la empresa detectará anticipadamente y evitará comportamientos que la expongan a ese riesgo", alerta el bufete canario."Por tanto, ya estamos en un mundo de asesoría legal preventiva. Aprovechando el territorio indeciso en el que todavía nada ha ocurrido, las empresas canarias tienen la oportunidad de enseñorearse de ese presente expandido y usarlo a su favor, a través la implantación de un sistema de cumplimiento normativo", concluyen.

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