El Defensor del Pueblo ha iniciado una actuación de oficio para conocer si se protegen adecuadamente los derechos de los clientes de entidades no financieras que se dedican a ofrecer préstamos rápidos de pequeña cuantía.

En un comunicado, la institución ha informado de que ha tenido conocimiento de personas endeudadas que, al no poder acudir a la banca tradicional, solicitan un crédito de escasa cuantía a una empresa no financiera de capital privado y acaban perdiendo su casa tras no poder devolverlo.

Este tipo de empresas prestan dinero de manera rápida y a "intereses muy elevados", ha constado el Defensor del Pueblo, que ha puesto de manifiesto que formalizan los créditos ante notario tras requerir a sus clientes como garantía una escritura de un inmueble libre de cargas.

"Si en el periodo de reintegro --que suele ser de entre 6 y 12 meses-- al prestatario no le es posible devolver la cantidad que firmó ante notario, se ejecuta el préstamo y se pierde la vivienda. Al capital prestado se le añade intereses de demora, penalizaciones y gastos de ejecución, de forma que las fincas responden por un importe que puede ser más del triple del dinero que efectivamente percibió el cliente en su día", ha explicado

En un escrito enviado a la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan) y a la Dirección General de los Registros y el Notariado, el Defensor del Pueblo señala que La Ley 2/2009 protege a los consumidores en negocios realizados con personas o entidades que no sean bancos, al tiempo que recuerda que esta norma establece para los prestamistas profesionales requisitos similares a los de la banca como inscribirse en un registro de consumo, prestar fianza, información previa y oferta vinculante.

Así pues, el Defensor pretende conocer si se está comprobando el cumplimiento de la normativa vigente y si los consumidores tienen acceso a la información que deben facilitar estas empresas al registro para que puedan comprobar "el grado de fiabilidad de los prestamistas".