El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Las Palmas de Gran Canaria ha suspendido de forma provisional la convocatoria del pleno de la moción de censura contra el alcalde de La Oliva, Pedro Amador, que había sido convocado para el próximo día 16 de mayo a las 12.00 horas.

La magistrada María del Carmen Monte Blanco acuerda admitir la medida cautelar solicitada por Pedro Amador, que fundamentaba su denuncia, entre otras cuestiones, en que los concejales no pueden firmar durante la misma Legislatura más de una moción de censura. De los once censurantes contra el regidor municipal, diez ya habían firmado otra censura en febrero de 2016 contra el mismo alcalde, que sustituyó en el cargo al veterano regidor Domingo González Arroyo, quien fue inhabilitado para el desempeño de cargos públicos por un tiempo de nueve años.

El pasado día 2 de mayo, once concejales pertenecientes a Coalición Canaria (CC), Partido Progresista Majorero (PPM) y Nueva Canarias (NC) registraron una moción de censura contra el alcalde de La Oliva, Pedro Amador que se encuentra en minoría al ostentar un gobierno con siete de los 21 concejales de la Corporación.

Los censurantes proponían al nacionalista Isai Blanco como nuevo alcalde. Los censurantes justificaban su iniciativa para sacar a Pedro Amador de la Alcaldía que en el año y cinco meses que lleva al frente de la institución, "existe un estancamiento en la gestión municipal, como demuestra el hecho de no haber sido capaz de proponer un presupuesto en 2016 ni en 2017".

Los concejales que firmaron la moción contra Amador, lo acusan de realizar "una campaña de desprestigio y ataques personales a los miembros de la oposición en los medios de comunicación falseando la verdad, y promoviendo incluso el transfugismo entre algunos concejales de la oposición, ofreciéndoles a formar parte del grupo de gobierno al margen de los partidos a los cuales pertenecen, para así evitar ser censurado".

Al día siguiente de la presentación de la moción de censura, Amador presentó un recurso contencioso administrativo contra la iniciativa solicitando la suspensión provisional de la misma como medida cautelar al considerar que no podía ser censurado de nuevo por quienes ya lo habían hecho en otra ocasión.

Desde la expulsión de Pedro Amador del Partido Progresista Majorero (PPM), formación con la que concurrió a las elecciones hasta la presentación de la segunda moción de censura están sujetas a la interpretación jurídica. Mientras que la legislación actual recoge que "ningún concejal puede firmar durante su mandato más de una moción de censura.... " la Justicia deberá aclarar la situación creada en el Ayuntamiento de La Oliva.

De hecho, la primera censura fue presentada en febrero de 2016, así como diligenciada, tramitada, convocado el pleno o elegido la Mesa de Edad. Ahora la Justicia tiene la última palabra.