La Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a veintidós años de prisión al hombre que mató a su pareja el 9 de diciembre de 2015 en Puerto del Rosario (Fuerteventura), al asestarle quince puñaladas.

El hombre, Henry Danny G.H, fue declarado culpable por un jurado popular del asesinato cometido con alevosía y ensañamiento de su pareja en presencia del hijo de la víctima, un niño de siete años que presenció cómo apuñalaba a su madre.

Además de a los veintidós años de cárcel, la sentencia condena al acusado a la prohibición de no acercarse ni comunicarse ni con el hijo ni con la madre de la víctima durante 30 años y le impide residir en Fuerteventura durante diez años.

Asimismo le condena a indemnizar al menor con 100.000 euros y a la madre con 50.000 euros por daños morales.

Durante el juicio, Henry Danny G.H., reconoció ser el autor de la muerte de Yessica Paola G.P., de 24 años, pero intentó alegar que no sabía lo que hacía y que nunca quiso matarla.

El veredicto del jurado popular descartó por completo esa versión y corroboró los hechos tal cual los presentaban las acusaciones, que contaban con un testigo directo del crimen: el hijo de la víctima.

El jurado consideró probado que Henry Danny G.H. dio primero un puñetazo en la cara a su pareja y luego la agarró por el cuello, la sujetó para que no pudiera defenderse y la apuñaló repetidamente con un cuchillo de cocina.

Asimismo, cuando la mujer ya estaba en el suelo mortalmente herida, Henry Danny G.H. le dio varias patadas y volvió a clavarle varias veces más el cuchillo para "aumentar deliberadamente su sufrimiento".

Luego, salió de casa y se presentó en una comisaría para confesar a la Policía que había matado a su pareja.

Mientras tanto, Yéssica Paola G.P. logró arrastrarse hasta la casa de sus vecinos para pedir ayuda.

Aunque fue atendida en el Hospital de Fuerteventura y evacuada de urgencia al Hospital Insular de Gran Canaria, falleció ese mismo día como consecuencia de la gravedad de las heridas que sufría.

La sentencia acredita la alevosía y ensañamiento con los que actuó el homicida, que el jurado popular consideró probados, y destaca "el abominable hecho" de que el asesinato se produjera en presencia de un niño de siete años, "lo que sin duda convierte el hecho en aún más reprobable".