Por tirar una vivienda del siglo XIX

El fiscal pide tres años para un ex alcalde de Firgas

Los acusados, entre ellos tres ex ediles y dos técnicos, dicen que desconocían que el edificio tenía más de 100 años

 

M. REYES
La casa llevaba en Firgas desde el siglo XIX, pero el alcalde del municipio entre 2001 y 2005, Sebastián Arencibia Mejías, del Partido Popular (PP), desconocía su existencia y mucho menos que tuviera un importante valor etnográfico cuando autorizó la construcción de 38 chalés en esa parcela. Antes hubo que demoler el viejo inmueble, pero de ello tampoco se enteró el regidor ni las tres concejalas que ayer se sentaron en el banquillo: Laura García Cerpa, Asunción Nuez Arencibia y Amparo Santana Gil. También fueron juzgados el arquitecto municipal, Francisco Javier Cabrera Caraballo, y el secretario de la corporación en ese entonces, Humberto Feliciano Cruz Marrero.


El fiscal les acusa de prevaricación y daños contra el patrimonio histórico o cultural, delitos por los que pidió uno y dos años de prisión, así como una inhabilitación de diez años para el ejercicio de cargo público.


El interrogatorio del fiscal chocó contra un muro de amnesia. Y eso que el representante del ministerio público recordó a las primeras de cambio el encabezado de la licencia de marras: 38 viviendas en una parcela sin construcciones previas, en la finca de La Casa Vieja. "Me enteré de que existía por la prensa", respondió el ex regidor para explicar por qué la licencia otorgada aludía a un terreno libre de edificaciones, cuando la vivienda derribada ocupaba la parcela desde el siglo XIX, según los técnicos de Patrimonio Histórico del Cabildo Insular.


El resto desplegó argumentos semejantes. "No tenía conocimiento de La Casa Vieja", dijo el secretario. "Sólo pasaba por allí en las procesiones", añadió Asunción Nuez. "Soy vecina pero no sabía nada", insistió Amparo Santana. "La conocía porque vivo al lado, pero no dije nada porque el informe era favorable", agregó Laura García. Se refiere al dictamen del arquitecto municipal, que también alegó desconocer la existencia de una edificación anterior.


El fiscal sostuvo que el proyecto de urbanización de la promotora recogía expresamente el derribo de la casa, pero los acusados "no pusieron reparo alguno" para "no exigir" la solicitud previa de demolición y "omitir cualquier referencia a los valores históricos o culturales".


En ese sentido testificó uno de los técnicos del Cabildo. "No hubiera informado a favor de la demolición porque el inmueble es un ejemplo de arquitectura rural tradicional por su forma, materiales y tipología", dijo.


La vivienda estaba incluida en el Catálogo del Patrimonio Etnográfico de Firgas que se adjuntó a las Normas Subsidiarias aprobadas en 2001, aunque no surtió efectos por motivos formales. A ello se aferran las defensas para pedir la absolución, pues consideran que la casa carecía de protección porque el catálogo no estaba en vigor.

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