Dos ex alcaldes de Santa Brígida, Carmelo Vega Santana y Antonio Díaz Hernández, declararon ayer que "desconocían" la obligación de cobrar a una empresa 687.057 euros en impuestos por la construcción de un edificio con aparcamientos subterráneos, plaza pública, locales comerciales y multicines. Los ex regidores negaron las acusaciones de prevaricación formuladas por la fiscal Cecilia Acebal, que solicitó 10 años de inhabilitación en el juicio celebrado en el Juzgado Penal 6 de Las Palmas de Gran Canaria.

"Ni era el cobrador del Ayuntamiento ni tuve conocimiento de que había que cobrar el impuesto", sostuvo Carmelo Vega. "Ni yo ni Carmelo nos pusimos de acuerdo para dejar de liquidar el impuesto de construcciones, instalaciones, obras y la tasa municipal de licencia", añadió Antonio Díaz, en la actualidad concejal de la oposición en Santa Brígida.

La fiscal les reprochó ese desconocimiento, pues ambos participaron el 7 de junio de 2003 en un pleno que condicionó la ejecución de las obras al abono de los tributos. "Esa coletilla la añadió el secretario, porque en el pleno no se habló de eso y el acta no refleja lo que ocurrió", agregaron los acusados.

Sin embargo, el propio secretario municipal en ese entonces, Marcelino López Peraza, desmintió ese extremo. "En absoluto fue una coletilla. Los dos eran conscientes de que la obra estaba condicionada al pago de los impuestos, porque el asunto se debatió y no fue nada pacífico", aclaró López Peraza. Luego agregó que ningún concejal impugnó el contenido del acta y que todos la ratificaron en una sesión posterior.

El interventor accidental, Santiago Hernández Suárez, también testificó que "la exención fiscal no estaba contemplada para ese tipo de obras". De ahí que emitiera un informe en el sentido que finalmente se pronunció el pleno.

"Se cometió una ilegalidad al perdonar el cobro del impuesto", atestiguó Antonio Ramírez Morales, el concejal del PSOE que denunció los hechos y que retiró la acusación semanas antes del juicio. Las defensas le pidieron explicaciones y le reprocharon que tampoco él cobrara las tasas cuando, tiempo después, fue edil de Hacienda.

Los letrados reclamaron la absolución de los ex alcaldes, entre otros motivos porque las bases y pliegos de la adjudicación, aprobadas en un pleno anterior al de 2003, eximían de abonar el impuesto a la empresa, según el letrado Francisco Mazorra.

La fiscal, en cambio, no sólo se basó en el acuerdo plenario de 2003 para pedir una sentencia condenatoria. También aludió a un informe de la Audiencia de Cuentas que comunicaba la obligatoriedad de la tasa, así como a otros documentos de la empresa. Los acusados alegaron que tampoco conocían nada de eso.