La Audiencia Nacional ha confirmado la expulsión de España de un ciudadano marroquí al que la Policía describe como colaborador de la célula yihadista detectada en 2008 en Gran Canaria, de la que se sospecha que adoctrinaba a jóvenes musulmanes para intentar perpetrar atentados.

Dos de los líderes de ese grupo fueron detenidos tres años más tarde, uno en Marruecos, quien fue condenado por pertenencia a grupo terrorista, y otro en Maspalomas, en el sur de Gran Canaria, al que se expulsó de España con cargos de enaltecimiento del terrorismo.

La Audiencia Nacional revisa ahora la orden de expulsión dictada por la Secretaría de Estado de Seguridad en julio de 2012 contra otro varón marroquí residente en Gran Canaria al que la Policía señala como miembro del grupo liderado por los dos anteriores.

Según las investigaciones realizadas por la Brigada Provincial de Información de Las Palmas, esta persona había corrido con los gastos de los líderes de ese grupo, colaboraba en las labores de captación y proselitismo, guardaba documentos y libros sensibles y participaba "habitualmente en debates de corte radical".

El letrado de este ciudadano marroquí recurrió su expulsión del país alegando que su cliente no ha sido imputado ni condenado por delito alguno ni en España ni en Marruecos.

Sin embargo, la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional considera suficiente prueba de cargo para fundamentar su expulsión por constituir un riesgo para la seguridad nacional los informes sobre él aportados por la Policía.

Los magistrados recuerdan que esos informes gozan de presunción de certeza, por ser "hechos constatados por funcionarios públicos" durante la operación Quijote, llevada a cabo en 2011 contra la célula radical detectada en la isla de Gran Canaria.

A juicio de la Audiencia, la conducta de este ciudadano "aparece incardinada en el ámbito de un grupo de ideología salafista yihadista, que, por su propia naturaleza, puede ser extremadamente grave para la seguridad nacional, en cuanto va dirigido y orientado al adoctrinamiento y captación de personas en el ámbito de una ideología de la que es notoria su patrocinio de la generación de actos violentos y de carácter terrorista".

La Sala considera suficientemente probado por la Policía a los efectos de una expulsión del país que este ciudadano marroquí realizó "conductas de colaboración con una persona que ha sido condenada en su país de origen, lo que puede perjudicar las relaciones de España con ese otro país", en alusión a Marruecos.

La sentencia que dilucida esta expulsión, fechada el 6 de junio, recoge que las investigaciones llevadas a cabo por la Policía con la tutela del Juzgado Central de Instrucción número 4 sobre ese "grupo radical islámico afín a la yihad" indicaban que sus miembros pretendían captar jóvenes musulmanes "para intentar perpetrar alguna acción terrorista en España y en el norte de Marruecos".