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Zonas de dominio público marítimo-terrestre

Costas marca sus lindes para evitar la venta de casas con amenaza de derribo

Medio Ambiente recopila en imágenes aéreas las construcciones que ocupan suelo público en los 236 kilómetros de la primera línea de mar de Gran Canaria

Vista de algunas casas que invaden el dominio público marítimo en Moya. LP/DLP

Costas radiografía sus lindes para combatir las ocupaciones ilegales y evitar la venta de suelo amenazado por la piqueta. El Ministerio de Medio Ambiente publica el primer documento en formato digital que muestra imágenes aéreas de las decenas de viviendas, hoteles, restaurantes y piscinas afectados por la Ley de Costas. Núcleos como Ojos de Garza y Tufia, en Telde; San Andrés, de Arucas; El Altillo, de Moya; El Agüjero y Caleta de Abajo, en Gáldar; y Las Nieves de Agaeteinvaden los 236 kilómetros del litoral de Gran Canaria de suelo público en primera línea de mar. La herramienta divulga también visualmente los espacios de titularidad privada afectadas por las servidumbres de protección, que afectan a rincones como el entorno del Faro de Maspalomas.

Costas marca su territorio. El organismo ministerial da un paso más para regular las actividades urbanísticas que se realizan en primerísima línea de mar, después de décadas de expansión incontrola del cemento.

La aprobación de este deslinde no implica la demolición de las edificaciones que ocupan suelo de dominio público, si se construyeron legalmente, ya que se pueden mantener en las mismas condiciones, aunque no en régimen de propiedad. El objetivo es doble. Por un lado, garantizar la transparencia, "de forma que ningún ciudadano pueda adquirir nunca más una vivienda u otro bien en la costa y descubrir después que no le pertenece, porque se encuentra en dominio público marítimo-terrestre (DPMT)", según expone el Ministerio.

Y en segundo lugar, conseguir "una protección eficaz sobre las costas españolas, facilitando que todos los agentes que actúan sobre el litoral conozcan con claridad qué bienes son de dominio público marítimo-terrestre y cuáles, aun siendo privados, están afectados por limitaciones. Así se evitarán usos u ocupaciones que puedan afectar a un medio tan sensible como es el litoral". Al menos así los expone el Ejecutivo Central, que da un paso más en la polémica Ley de Costas, que delimita el dominio público, y que concedió en medio de un amplio debate político y social una prórroga extraordinaria de vida a las propiedades que pisan el mar, y que en el caso de viviendas se alarga hasta los 75 años, prorogable un máximo de otros 15.

Este procedimiento de deslinde que ahora se divulga permite identificar qué terrenos reúnen las características, físicas y jurídicas descritas en esa normativa, para establecer cuál es el límite para su consideración como de dominio exclusivamente público. De ahí que proporcione seguridad legal a los ciudadanos, puesto que persigue evitar posteriores sorpresas, como pueden ser encontrarse con sentencias en los juzgados que obligan a su derribo por su ilegalidad.

Decenas de propiedades privadas se encuentran en estos momentos sobrepasando la línea pública de mar a lo largo de los 236 kilómetros de costa que bordean Gran Canaria.

La herramienta, que puede ser visible en la web del Ministerio (www.magrama.gob.es), fija el dominio público formado por las playas, dunas, los acantilados, las aguas interiores, el mar territorial y el resto de la zona exclusiva de titularidad pública, y que gozan de una total protección.

En este caso, y para cualquier nueva ocupación, requiere pasar por una posible concesión temporal, como sucede con los puertos, siempre que supere el proceso de tramitación.

A partir de ahí, y hacia la tierra, se abre la puerta al dominio privado, aunque se mantiene una franja variable supeditada al control de la Demarcación de Costas, por entender que tiene su afección. La llamada zona de influencia, que recae sobre una extensión de 500 metros, contiene pautas dirigidas al planificador con el objeto de evitar la formación de pantallas .

Dentro de ella, y en primer lugar, está la llamada servidumbre de tránsito, que es una franja de seis metros sobre los terrenos de propiedad privada limítrofes con el citado dominio público, cuya finalidad es la de permitir el caminar por el litoral, a través de avenidas y paseos marítimos. Y en ella también se ven implicadas decenas de fincas en el caso de Gran Canaria.

La servidumbre de protección está también sujeta a una serie de limitaciones, por razón de su colindancia con la ribera del mar. Entre ellas, la imposibilidad de ejecutar nuevas obras o construcciones contrarias a la Ley, al mismo tiempo que prohíben nuevos usos residenciales o habitacionales. La servidumbre tiene una anchura de 20 metros en terrenos que tenían la consideración de suelo urbano antes de la Ley de Costas, y de 100 metros en terrenos que no habían sido urbanizados y no tenían derechos urbanísticos adquiridos. En este caso, se trata especialmente del suelo rústico.

La práctica muestra los excesos del cemento que se han cometido en numerosos núcleos costeros de la Isla, muchos de los cuales son visibles y sufren con frecuencia los efectos de las mareas.

Decenas de casas con sus terrazas y anexos, restaurantes, hoteles y piscinas invaden en estos momentos la zona exclusiva de dominio público, al margen de las concesiones reguladas por la Administración en puertos y playas. La lista es amplia. Y, en algunos casos, el lindero afecta de forma parcial a las propiedades ya construidas pero, en otros, en su integridad. Entre los afectados se encuentran los dueños de casas de núcleos de Telde, Gáldar, Arucas y Moya, aunque también determinadas zonas de la costa de Mogán y San Bartolomé de Tirajana, por citar los casos más palpables.

Buena parte de la franja que une San Andrés de Arucas con el Altillo de Moya tiene su vida legal limitada, si se cumple la Ley de Costas. Pero también viviendas de Los Dos Roques, Caleta de Abajo, la punta de Banco Gordo (cerca del Faro), y hasta un edificio situado junto al muelle de Sardina, en Gáldar, por estar en el espacio de dominio público. En los municipios turísticos aparecen dentro del límite interior de la ribera apartamento en la zona alta del puerto de Pasito Blanco, casas y alguna gran piscina en Arguineguín, y parte de la zona comercial de la playa de Puerto Rico. Como también algunas en las inmediaciones de la cofradía del puerto de Las Nieves, en Agaete, por citar algunos casos significativos.

La primerísima línea de la playa de Ojos de Garza sigue estando afectada por estos condicionantes públicos. Y, mientras una zona de Tufia, también en Telde, está pendiente de la tramitación el estudio de los lindes públicos, buena parte de los inmuebles cercanos a La Punta invaden el dominio público, según Medio Ambiente. De igual forma, existen zonas que espera de su delimitación en Arinaga, y desde la playa del Cura a la playa de Mogán. Sus alcaldes Onalia Bueno y de Agüimes, Óscar Hernández desconocen los motivos por los que se encuentran en esta situación.

Con esta nueva herramienta las personas que quieren comprarse una vivienda o un apartamento en primera línea podrán comprobar con imágenes reales aéreas si pesan sobre ellas algún tipo de restricción legal.

Pero, además, existen muchas zonas en la Isla que, pese a ser de titularidad privada, se encuentran dentro de las zonas de servidumbre. En esta situación se enmarcan el muelle de la cementera de Arguineguín y de la zona turística próxima al Faro de Maspalomas.

El Ministerio de Medio Ambiente señala que este documento ha conseguido representar en formato digital la franja correspondiente a los más de 10.000 kilómetros de bienes de dominio público marítimo-terrestre de la primera línea de mar del conjunto de España, incluidos en más de 2.000 expedientes administrativos, que deberán resolverse en los próximos años. Y entre ellos se encuentran muchos en el litoral grancanario, que también han sufrido la amenaza de la piqueta.

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