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Santa Brígida solicita al Catastro que evite subir el valor de las viviendas

Los propietarios de los inmuebles de la regularización deben abonar una tasa de 60 euros

El Ayuntamiento de Santa Brígida ha solicitado al Catastro que no incremente el valor de las viviendas para no tener que subir el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) en la villa satauteña. La concejal de Tesorería y Recaudación, María Purificación Amador, mantuvo una reunión con el gerente regional del Catastro, Jose Antonio Mateos, la directora de Valora Gestión Tributaria del Cabildo de Gran Canaria, Eva Martínez, técnicos del organismo y funcionarios del consistorio.

El encuentro sirvió para abordar el proceso de regularización catastral al que está siendo sometido el municipio por parte del Ministerio de Hacienda para que se registren las edificaciones que hasta ahora no se han incorporado al padrón inmobiliario del municipio.

La revisión traerá consigo la asignación de un valor catastral al bien inmueble detectado y una fecha en la que comienza a computarse dicho valor, pero la edil del área ha solicitado que no se vean incrementados los actuales valores catastrales ya que los inmuebles se regularizan conforme a los importes vigentes en cada municipio y según fuentes municipales "se trata exclusivamente de detectar inmuebles para que estén correctamente declarados y contabilizados".

La concejal ha indicado que el objetivo del grupo de gobierno es mantener el IBI en los próximos ejercicios "porque gracias a una buena gestión económica conseguiremos un municipio saneado"

Por otro lado, la Villa de Santa Brígida ha sido seleccionada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para llevar a cabo el procedimiento de regularización catastral, que será de aplicación en el municipio satauteño hasta el 30 de julio de 2016.

A pesar de no ser una medida municipal, el Ayuntamiento de Santa Brígida aclara en un bando de Alcaldía en qué consiste. La iniciación del procedimiento es de oficio y se comunica a los interesados, que disponen de un plazo de 15 días para formular las alegaciones que estimen convenientes, en caso de disconformidad, o bien directamente con la notificación de la propuesta de regularización pagando una tasa de 60 euros por cada uno de los inmuebles de la regularización.

Esta tasa debe ser abonada por quien tenga la condición de sujeto pasivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en el ejercicio en el que se haya iniciado el procedimiento de regularización catastral y que pretende financiar el desarrollo del propio proceso. Es decir, es un plan que se autofinancia.

En diciembre de 2012, el Gobierno central aprobó una medida que permite a los propietarios de inmuebles con características que no están recogidas en el catastro regularizar su situación para procurar que la descripción de los bienes inmuebles concuerde con la realidad. Para detectar una construcción no registrada en el Catastro, la Dirección General dispone de un mapa a partir de fotos aéreas tomadas desde 2010, que le sirve para cotejar los cambios en las edificaciones y si han sido declarados catastralmente para tributar el incremento en los metros útiles.

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