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Resaca tras el temporal

Canarias ofrece 4.000 euros a las familias afectadas por las lluvias

Los damnificados necesitan informe de la Dirección de Políticas Sociales para cobrar las ayudas - Las solicitudes para las subvenciones deben presentarse en los ayuntamientos - Se concederán en seis meses

Canarias ofrece 4.000 euros a las familias afectadas por las lluvias

Hasta un máximo de 4.000 euros concederá el Gobierno canario a las familias que perdieron los enseres básicos de sus viviendas en el temporal que afectó a la Isla el pasado mes de octubre, y que golpeó con más virulencia al municipio de Telde. Aclara el Ejecutivo en el decreto 352/2015 publicado en el Boletín Oficial de Canarias del viernes 30 de octubre que quedan excluidas las viviendas que no se utilizan como domicilio habitual, es decir las segunda residencias.

Para percibir estas ayudas, que tramitará la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, será necesario contar con un informe previo de la Dirección General de Políticas Sociales en el que determine cuáles son las familias afectadas, y fije además cuál es el importe que corresponde a cada una de ellas en función de los daños que les provocó las pasadas lluvias. Asimismo, según recoge el Boletín Oficial de Canarias del viernes 30 de octubre, el citado estudio se hará en función de las valoraciones efectuadas por el personal de los ayuntamientos y del Cabildo.

El Gobierno canario explica que el importe de estas ayudas se fijará en función de las cantidades que se puedan percibir por este mismo concepto de otras administraciones públicas. Se marca además un plazo para conceder el dinero, que será de seis meses a contar desde el día siguiente a que se presenta la solicitud ya que transcurrido ese plazo se considerará desestimada la solicitud.

También señala el decreto que el dinero contemplado para paliar las pérdidas en las viviendas tendrá carácter subsidiario con respecto a cualquier otro sistema de cobertura de daños público o privado, nacional o internacional, del que puedan ser beneficiados los afectados. En este sentido, añade que cuando dichos sistemas no cubran la totalidad de los daños, las referidas ayudas serán compatibles, y en su caso serán complementarias de las que puedan conceder otros entes públicos o privados.

Con todo, se fija un límite económico, de tal forma que el valor de las ayudas no podrá superar en ningún caso la diferencia entre el valor del daño producido y el importe de otras ayudas o indemnizaciones declaradas que por los mismos conceptos puedan conceder otras administraciones, organismos públicos o cualquier entidad financiada por fondos públicos o privados en función de las pólizas de seguro.

La solicitud para acogerse a las ayudas del Gobierno canario se tendrá que presentar en los registros de los ayuntamientos afectados, en dependencias del Gobierno canario también telemáticamente a través del registro electrónico http:www-gobcan.es registro electrónico siempre que se cuente con firma electrónica con validez. El plazo de presentación de las reclamaciones será de 15 días a partir de la publicación del decreto en el Boletín Oficial de Canarias. Las administraciones insular y del Estado también han articulado líneas de ayudas.

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