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Valsequillo

La juez archiva la demanda de dos policías que acusaron al alcalde Atta de acoso

Cecilia López entiende que no hay pruebas de prevaricación ni de malversación Los imputados nada tuvieron que ver con la elaboración de las nóminas municipales

La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Telde, Cecilia López Vázquez, ha archivado las denuncias de dos policías locales de Valsequillo contra el alcalde, Francisco Atta; el entonces concejal de Seguridad, Gregorio Peñate, y el jefe de la Policía Local, Junior Benítez, que en su día habían sido imputados por los supuestos delitos de prevaricación, malversación y acoso.

Los tres miembros del ayuntamiento fueron acusados por dos policías locales, que dijeron sentirse acosados desde 2012. Los tres acusados declararon hace por esa razón y negaron las denuncias. Los agentes declararon que habían sido acosados laboralmente y perjudicados por las vacaciones y horas extras.

La magistrada ha decidido acordar ahora el sobreseimiento provisional de las actuaciones "conforme a lo expuesto en el fundamento de derecho único de la presente resolución, sin que proceda, por lo tanto, la práctica de las diligencias interesadas por la acusación particular". No obstante, esta resolución no es firme y contra ella cabe interponer recurso de reforma y de apelación.

La juez señala que "de las diligencias practicadas no resulta acreditada la comisión de los delitos denunciados". El procedimiento se inicia en virtud de la denuncia presentada por Benjamín Benítez Sosa y Salvador Miguel Gómez Martel, ambos agentes de Valsequillo.

En cuanto al delito de prevaricación, "no se cumplen los requisitos exigidos en el tipo penal, pues las resoluciones referidas en la denuncia se adoptaron de acuerdo con las prescripciones legales, sin que exista el conocimiento de un comportamiento arbitrario porque no lo había", dice el auto. Respecto al presunto delito de malversación de caudales públicos, "en el sentido de que el investigado Junior Benítez Santana y las personas afines a éste percibían sobresueldos, las diligencias practicadas acreditan que la elaboración de las nóminas correspondía al departamento de personal, no teniendo ninguno de los imputados competencia alguna al respecto". Por último, en relación al acoso, "no queda acreditada una diferencia de trato, por lo que tampoco existen indicios suficientes de la comisión de dicho delito".

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