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Cabildo

El TSJC anula el nombramiento del secretario del Cabildo y exige "claridad"

El alto tribunal estima el recurso de otro candidato y obliga a valorar los méritos y la capacidad - Antonio Muñecas fue designado en 2013 por Bravo de Laguna

El TSJC anula el nombramiento del secretario del Cabildo y exige "claridad"

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha anulado el nombramiento del secretario del Cabildo de Gran Canaria, Antonio José Muñecas Rodrigo, y obliga al gobierno insular a dictar una nueva resolución en la que se valore "con claridad" los méritos y la capacidad de cada uno de los candidatos. El alto tribunal ha estimado el recurso de apelación de uno de los cuatro aspirantes a ese puesto, José Marcelino López Peraza, actual secretario del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, y decreta la nulidad de la designación que efectuó en el año 2013 el entonces presidente de la corporación, José Miguel Bravo de Laguna.

La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC, sobre la que no cabe recurso ordinario alguno, observa que "de los términos de la convocatoria resulta con evidencia que ésta no se nutre de elemento reglado alguno, sino únicamente discrecionales", y añade que si el Cabildo hubiese valorado la experiencia profesional de los candidatos en otras Corporaciones Locales "resultaría paradógico que haya recaído el nombramiento en quien menos experiencia tiene en la materia".

La resolución judicial considera que el Cabildo "concedió un valor capital, determinante", a un único criterio discrecional, el resultado de las entrevistas personales a los aspirantes, realizadas por el propio Bravo de Laguna.

"Y si ya esta singular ausencia de elementos objetivables es contraria a la doctrina, tanto del Tribunal Constitucional como del Tribunal Supremo, y es motivo suficiente para anular el nombramiento, no es difícil sospechar el sentido del Fallo que habremos de dictar si a ello añadimos que del contenido de la entrevista no se conoce absolutamente nada", puntualiza la sentencia del TSJC.

López Peraza, que se presentó a la plaza de secretario del Cabildo junto a Muñecas y a otros dos candidatos, María Dolores Ruiz San Román y Marco Peña Ruiz-Bravo (aunque éste último no acudió a la entrevista personal), recurrió el nombramiento ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 3 de Las Palmas de Gran Canaria al entender que reunía más méritos y experiencia que los demás pretendientes al puesto.

Resoluciones

En sentencia del 14 de junio de 2014, ese Juzgado desestimó la demanda y dio validez a la designación de Muñecas. En desacuerdo, López Peraza recurrió en apelación la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC, Sección Primera, que en su primera resolución, de 5 de junio de 2015, tampoco accedió a sus pretensiones.

Sin embargo, en esta última sentencia, firmada el pasado 18 de marzo de 2016 por el presidente de la Sala, César García Otero, y los magistrados Jaime Borras, Francisco José Gómez Cáceres e Inmaculada Rodríguez, el alto tribunal cambia su punto de vista y estima el recurso de López Peraza, lo que deja al Cabildo sin secretario. Este fallo revoca todas las resoluciones anteriores y decreta "la nulidad del nombramiento para el puesto de secretario de la corporación, con las consecuencias de toda índole legalmente inherentes a este pronunciamiento, y, específicamente, las señaladas en el último párrafo del fundamento jurídico tercero".

Ese párrafo justifica la anulación del nombramiento de Muñecas, con "la consiguiente obligación del Cabildo de dictar nueva resolución en la que se proceda a valorar con claridad los méritos y la capacidad de cada uno de los candidatos".

En los fundamentos jurídicos, el tribunal resalta que "no ignora" que anteriormente había desestimado los recursos de López Peraza y apunta que, "sin embargo, la Sala, tras releer detenidamente el expediente, y, lógicamente, después también de reflexionar en profundidad sobre la cuestión litigiosa, ha llegado a la conclusión de que debe ofrecer una nueva respuesta, en parte distinta a la que dio en aquel proceso".

"Como podrá suponerse", añade la sentencia, "esta nueva respuesta es la que estimamos verdaderamente adecuada al problema planeado y su aplicación, sin fisuras, a los litigios futuros -caso de que quede alguno pendiente- es, lógicamente, la idea que albergamos".

Tras señalar que la potestad discrecional para la selección del secretario del Cabildo debe estar "rigurosamente motivada desde la perspectiva de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad", los magistrados sostienen que, "en el presente caso, no es solo que no sea puramente discrecional la potestad que se pone en juego cuando se provee un puesto de libre designación, sino que, además, la decisión adoptada por el Cabildo no cumple en absoluto con la exigencia referida (...), pues como atinadamente sostiene el apelante, el acto de nombramiento acude a fórmulas estereotipadas, vacías de contenido concreto, válidas para cualquier caso y por tanto, insuficiente para todos".

Muñecas sustituyó a Luis Montalvo tras su jubilacion. Hasta entonces había ejercido ese puesto en el Ayuntamiento de Pájara.

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