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Los jueces desestiman el recurso de los ecologistas contra el Plan Insular

El TSJC avala las intervenciones en la Vega de Gáldar, los puertos y las carreteras de La Aldea y el Sureste - La sentencia llega 13 años después de aprobado el PIO

Concentración ecologista en 2006 contra el trazado de la carretera de La Aldea. J. C. CASTRO

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha desestimado el recurso contencioso-administrativo de la Federación Ecologista Ben Magec contra el Plan Insular de Ordenación (PIO) de Gran Canaria y confirma, casi trece años después de aprobadas, las decisiones del Gobierno autónomo y del Cabildo respecto al planeamiento de la Vega de Gáldar, la carretera de Agaete a La Aldea, la variante entre Jinámar y el Aeropuerto, el corredor viario Ingenio-Agüimes-Vecindario, el puerto deportivo de Bahía Feliz, el muelle de Arinaga o la extracción de arena en el banco de Pasito Blanco.

En una sentencia del pasado 25 de abril, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC, Sección Segunda, considera que los decretos del Gobierno de Canarias de 2003 y 2004 son "ajustados a derecho", por lo que desestima en su totalidad la demanda de los grupos ecologistas. La sentencia tiene un voto particular y admite recurso de casación ante la misma Sala.

La Federación Ben Magec-Ecologistas en Acción reclamó la nulidad de cinco determinaciones de Plan Insular de Gran Canaria al entender que eran contrarias a la propia normativa de la Comunidad Autónoma y ponían en peligro la preservación del medio ambiente.

Una sentencia del 6 de octubre de 2008 estimó el recurso de los ecologistas en los términos solicitados, pero fue anulada por el Tribunal Supremo el 24 de septiembre de 2013 tras ser recurrida en casación por el Gobierno regional, el Cabildo y la entidad mercantil Yudaya, del grupo Hermanos Domínguez, promotora de un centro comercial en la Vega de Gáldar.

El Tribunal Supremo devolvió las actuaciones a la Sala de TSJC para que emitiera sentencia sobre las cinco cuestiones planteadas por Ben Magec, pero con la advertencia de que no podría declarar la nulidad del PIO por falta de evaluación de impacto ambiental porque esa cuestión ya había quedado resuelta por el propio Supremo.

Respecto a la pretensión de los ecologistas de anular la zonificación del suelo rústico de la Vega de Gáldar para permitir posibles usos urbanos o comerciales, la sentencia concluye que el demandante "pretende anticipar un debate de futuro sobre lo que podrá hacer el Plan General de Gáldar, ajeno a lo que es el examen de legalidad del Plan Insular".

El referencia a la impugnación del trazado de la nueva carretera de La Aldea por no tener en cuenta la protección medioambiental del Parque Natural de Tamadaba y de un Lugar de Interés Comunitario (LIC), los jueces sostienen que, "en puridad", los que propone Ben Magec, "es que desaparezca o que se lleve a cabo aquí un debate sobre un trazado que no existe, pues la propia ficha se refiere a un proyecto de la construcción de la carretera con una definición del corredor litoral en los planos de ordenación a nivel indicativo no vinculante".

Carreteras

En respuesta a la solicitud de Ben Magec de anular las determinaciones del PIO respecto al corredor interior Ingenio-Agüimes-Vecindario y la variante de la Autopista del Sur entre Jinámar y el Aeropuerto, la sentencia señala que "se trata, en uno y otro caso, de una previsión de objetivos que solo puede ser llenada por el correspondiente Plan Territorial, sin que la crítica de la parte demandante vaya más allá de su disconformidad con una opción que aparece suficientemente explicada en la Memoria del PIO".

Sobre la pretensión de anular el planeamiento del litoral de Bahía Feliz, los jueces consideran que la localización del puerto deportivo "no puede examinarse al margen del modelo territorial para la zona turística litoral del Sur" y concluyen que la ordenación guarda "plena coherencia" con ese modelo.

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