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San Bartolomé de Tirajana

El TSJC permite canalizar El Veril para hacer un Siam Park en el barranco

Una sentencia revoca la medida que impedía iniciar la obra

El TSJC permite canalizar El Veril para hacer un Siam Park en el barranco

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha levantado la medida cautelar que impedía a Loro Parque SA canalizar el barranco de El Veril, con la finalidad de construir un parque acuático en el sur de Gran Canaria similar al que la empresa explota en Tenerife (Siam Park). La sentencia avala la concesión administrativa otorgada en febrero de 2015 por el Consejo Insular de Aguas para ocupar 121.000 metros cuadrados de dominio público hidráulico en San Bartolomé de Tirajana, aunque no de manera definitiva porque aún falta por resolverse el fondo de la demanda interpuesta por Lebensraum Waser SL, que reclama la nulidad de la autorización para acondicionar el cauce del barranco.

Lebensraum Waser logró en diciembre del año pasado que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Las Palmas suspendiera el permiso hasta resolverse el pleito, pero la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC ha revocado la medida al admitir los recursos de apelación presentados por Loro Parque, el Cabildo y el Consejo Insular de Aguas.

El tribunal acepta los tres argumentos principales de la apelación: Lebensraum actúa en fraude de ley porque carece de interés legítimo para pedir la suspensión; Loro Parque sufre "un grave perjuicio económico" debido a las "importantes" inversiones comprometidas, y el proyecto está considerado de "interés general" para la Isla y el turismo, según los pronunciamientos efectuados por el Cabildo y el Gobierno de Canarias para respaldar el proyecto del empresario alemán Wolfgang Kiessling.

Y es que el peso de la inversión prevista, de 60 millones de euros, ha sido determinante para autorizar la ocupación del barranco. Eso, el interés público y que la demandante "no ha descrito o identificado" el "perjuicio propio" que le causaría la ejecución del parque acuático, razona el ponente de la sentencia, Javier Varona. También la firman Enma Galcerán y el presidente de la Sala de lo Contencioso del TSJC en Las Palmas, César García-Otero.

El tribunal considera "manifiesto" que la suspensión "produce" un "considerable" perjuicio económico al empresario y "al interés general que representan las corporaciones públicas demandadas", añade el ponente en su resolución judicial. Los magistrados, en ese sentido, rechazan que la desafectación del barranco o la modificación de su cauce sean argumentos suficientes para acordar la medida cautelar, tal y como sostiene el Juzgado de lo Contencioso, porque si Lebensraum obtiene un fallo favorable y finalmente se anula la concesión, Loro Parque sólo tendría que "retornar la posesión del cauce del barranco" en las condiciones pactadas, "sin que en ningún caso pierda la condición de dominio público". Dicho de una manera más directa: la hipotética sentencia sería "plena e inmediatamente ejecutable" y, por tanto, no existe el riesgo de que el recurso pierda la finalidad legítima para la que se planteó. La justificación de la medida cautelar es, precisamente, evitar ese riesgo. De ahí que carezca de sentido mantenerla en este caso, según la Sala.

El tribunal, además, considera que las irregularidades administrativas invocadas son "genéricas", no patentes de alguna ilegalidad, entre ellas la supuesta vulneración del régimen de concurrencia al darle la concesión a Loro Parque de forma directa. La Sala no se extiende en ese punto porque constituye el fondo del asunto y en este momento del procedimiento no puede entrar en él, pero si deja ver que existen excepciones al régimen de concurrencia, las cuales entroncan con el interés general del proyecto.

Según la sentencia, el interés público del parque acuático está "claramente subrayado" porque la concesión recurrida es el "soporte" para ejecutar un plan de modernización turística promovido por el Gobierno de Canarias y el Cabildo, cuya ejecución no puede esperar a la aprobación y formulación del planeamiento general. Ambos administraciones declararon el interés general del proyecto en 2015 y 2014, respectivamente.

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