El juez que instruye el caso por la desaparición del pequeño Yeremi Vargas, ocurrida Vecindario el 10 de marzo de 2007, ha desestimado las diligencias que habían sido solicitadas por la acusación particular. En un auto distribuido ayer a las partes, el magistrado José Manuel Díaz Pavón rechaza practicar una serie de careos y también deniega la posibilidad de llevar a cabo una reconstrucción de la desaparición.

La acusación particular, que representa a la familia del menor, había solicitado la práctica de sendos careos entre Antonio Ojeda y los dos presos que le han incriminado en sus declaraciones judiciales. Uno de ellos, compañero de celda del también conocido como Juan el Rubio en dos prisiones andaluzas, aseguró que el investigado le habría confesado haber sido testigo de cómo un vecino suyo quemaba el cadáver de Yeremi. El segundo interno compartió calabozo con Ojeda en el centro penitenciario de Juan Grande y en diciembre afirmó ante el titular del Juzgado de Primera Instancia número 2 de San Bartolomé de Tirajana que el investigado reconoció ante él su implicación directa en el caso.

El magistrado deniega la solicitud de estas diligencias basándose el silencio de Ojeda durante su comparecencia judicial del pasado mes de julio. Al no existir un rechazo expreso del acusado, sino una negativa a declarar, el juez considera que no existe posibilidad de contradicción entre las versiones.

En el auto, el juez también rechaza la posibilidad de llevar a cabo una reconstrucción de los hechos. La acusación particular había solicitado ésta a partir de la declaración de un testigo que en diversas comparecencias ante la Guardia Civil y en sede judicial declaró haber visto un vehículo similar al que Ojeda conducía -un Renault 5 Oasis de color blanco- circulando por la calle Honduras, en la que vivía Yeremi, en el momento de la sustracción del menor. El magistrado deniega la reconstrucción debido a la corta edad del testigo en aquel momento y a su incapacidad para afirmar con rotundidad que la persona al volante fuera Ojeda.

La resolución dictada por el juez puede ser recurrida tanto en reforma como en apelación ante la Audiencia. La acusación particular ya ha anunciado su intención de presentar un recurso contra el auto.